
Suena el teléfono, hora inoportuna, miramos la pantalla y no conocemos el número. Optamos por bloquearlo o rechazar la llamada, pero no es suficiente, porque son muchos los usuarios que prácticamente a diario continúan recibiendo llamadas comerciales o spam por parte de empresas que comercializan bienes y servicios a pesar de que, si no hemos dado nuestro consentimiento, la Ley General de Telecomunicaciones lo prohíbe desde finales de junio, cuando entró en vigor.
La ley, que contempla multas de hasta 100.000 para las compañías, en el artículo 66 indica que los consumidores tienen derecho “a no recibir llamadas automáticas sin intervención humana o mensajes de fax, con fines de comunicación comercial, sin haber prestado su consentimiento previo para ello”. Establece, además, el derecho a “no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario”.
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Sin embargo, la normativa también incluye excepciones como el “interés legítimo” al que las empresas puede apelar para seguir llamando aunque no tengan el consentimiento expreso de la persona. Cuando a veces los usuarios aceptan las cookies al entrar en un sitio web o las ‘condiciones’ de una página, sin saberlo, están dando su consentimiento para recibir llamadas comerciales. Es la letra pequeña que solemos obviar pero, al aceptar, las empresas se amparan en ese resquicio legal.
La abogada civilista Silvia Beltrán, de Red Jurídica, considera que las empresas están realizando una “interpretación torticera” de ese “interés legítimo” de la ley, porque “¿qué interés tiene el usuario para que le estén acosando día y noche con una propuesta comercial?”, se pregunta. “Ese interés legítimo no existe”, indica a Infobae España, y las empresas como operadoras de telefonía o bancos “prefieren asumir que pueden ser sancionados a dejar de hacer esas llamadas”. “Hay cierta impunidad”, resume.
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Desde la organización de consumidores FACUA aseguran que las empresas “están incumpliendo la ley” y que la Administración no está aplicando las debidas sanciones, en parte porque “no puede controlar las llamadas que los usuarios reciben”. “No es lo mismo que acudir a un supermercado y comprobar el etiquetado de los productos o la publicidad de una determinada empresa. Las administraciones no pueden hacer un estudio de las llamadas”, indica Rubén Sánchez, secretario general de FACUA. Por eso la organización insta la ciudadanía a que denuncie cuando reciba las llamadas spam de diferentes compañías sin haber dado su consentimiento explícito.
Denuncia vía online
Esa denuncia, recuerda Sánchez, se puede presentar vía online a través del registro electrónico habilitado en la página web de la Agencia Española de Protección de Datos, y para que sea más fácil conseguir resultados, el usuario debe aportar toda la información posible, desde el número de teléfono que le han llamado, al día y la hora, además del producto que le estaban ofreciendo. En el caso de que el número estuviera oculto, también debe aclararlo “para que la agencia pida la información a la empresa”. “No hay que hablar de ninguna ley ni argumentar nada, solo hay que explicar que hemos recibido una llamada sin haber dado nuestro consentimiento”, aclara.
De hecho, Sánchez asegura que la razón por la que las compañías continúan llamando a usuarios es porque “saben que no van a denunciar”: “Son conscientes de que solo un ínfimo porcentaje presentará denuncia”.
En ese sentido, Beltrán indica que el problema solo podrá resolverse a medida que la gente denuncie, pues de esa manera también se incrementarán las sanciones y las empresas “dejarán de hacerlo”.
Protocolo unificado
FACUA lamenta que, por el momento, la agencia no cuente con un protocolo unificado para que “todos los inspectores que instruyan expedientes de denuncia den una respuesta al consumidor”, pues ya se han encontrado con alguna denuncia archivada debido a que al organismo público “no le habían llegado datos suficientes del usuario” sobre la llamada de spam en cuestión y eso, aclara Sánchez, “se resuelve pidiendo más información, no archivándolo”.
La Agencia Española de Protección de Datos, concluye Sánchez, también debería garantizar a toda persona que denuncie que se abra directamente un expediente investigador a la empresa.
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