Claudia Margarita Zuleta, senadora por el Centro Democrático, dijo que "cada año se malversan miles de millones de recursos del Estado a través de 'contrataderos' que se prestan para prácticas clientelistas y que resultan en una violación a los principios de contratación del sector público" - crédito @claudiamzuleta
La contratación interadministrativa en Colombia está en “veremos”. Esto, debido a un proyecto de ley que la senadora Claudia Margarita Zuleta, del Centro Democrático, radicó para endurecer los requisitos de acceso a contratos directos con el Estado y cerrar el paso a los llamados “contrataderos”.
La iniciativa propone modificar las reglas de esa modalidad de contratación para exigir que los contratistas acrediten idoneidad, conocimiento técnico, capacidad instalada, capacidad económica y experiencia comprobada para ejecutar directamente el objeto contratado.
El proyecto también plantea limitar la intermediación contractual, mantener este mecanismo con controles más estrictos y crear un registro público administrado por Colombia Compra Eficiente. Este será estudiado por la Comisión Séptima del Senado de la República y cuenta con respaldo de diferentes fuerzas políticas. La propuesta busca darle más fuerza a los controles sobre una modalidad que su autora considera válida para las entidades públicas, pero vulnerable cuando quien recibe el contrato no lo ejecuta de forma directa.
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Según ella, la iniciativa parte de la premisa de que la contratación interadministrativa debe seguir vigente, aunque bajo condiciones más exigentes. El articulado plantea cambios a la Ley 80 de 1993, que expidió el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, para reforzar la transparencia y proteger los recursos públicos.
Qué cambia en la Ley 80 de 1993
Uno de los ejes del proyecto consiste en modificar el artículo 25 de la Ley 80 de 1993 mediante la incorporación de un nuevo numeral. El cambio obligaría a las entidades estatales contratantes a acreditar, antes de celebrar un contrato interadministrativo, que el contratista puede ejecutar el objeto contractual.
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Dentro del texto se exige demostrar conocimiento técnico, capacidad instalada y capacidad económica suficientes. También pide experiencia comprobada en las actividades asumidas, con el fin de evitar que el beneficiario del contrato dependa de terceros para cumplir sus obligaciones.
La propuesta busca cerrar el paso a empresas que obtienen contratos sin contar con las condiciones necesarias para desarrollarlos de manera directa. Según el proyecto, esos casos terminan en esquemas de tercerización laboral para cumplir compromisos adquiridos con el Estado.
Controles que propone la reforma
La reforma no elimina la contratación interadministrativa. La mantiene como mecanismo de contratación directa entre entidades públicas, pero propone imponer límites a la intermediación contractual y mayores exigencias previas para quienes aspiren a contratar con el Estado.
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Zuleta afirmó que “hay que acabar con los contrataderos”. También describió la práctica que cuestiona: “Muy cuestionada. ¿Cuál es? Una entidad que por su naturaleza jurídica puede contratar de manera directa con cualquier entidad del Estado, es decir, a través de contratos interadministrativos”.
De igual forma, la senadora explicó el esquema que busca corregir con una cadena de ejecución indirecta. “Y esa empresa que se gana ese contrato interadministrativo, es decir, una modalidad directa, luego busca a un tercero para que ejecute las obras de ese contrato”, dijo.
Sobre el mecanismo, la congresista advirtió que “en esa tercerización se violan todos los principios de contratación estatal, porque se pierde la libre competencia, se pierde transparencia, porque no se le puede ya hacer el mismo nivel de seguimiento a la ejecución de los recursos del Estado y, en muchos casos, esa platica se pierde”.
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Zuleta añadió que la propuesta no busca desmontar esta herramienta.
“Por eso estoy radicando este proyecto de ley que busca fortalecer la contratación administrativa, no para eliminarla, porque es una vía útil para el Estado, pero sí para garantizar que las empresas que contratan de manera directa con el Estado deban demostrar la idoneidad, la experiencia, la suficiencia financiera, las capacidades para ejecutar de manera directa ese contrato”, puntualizó la senadora.
Registro público para habilitar contratistas
Otro componente del proyecto es que crea un registro público de entidades habilitadas para la contratación interadministrativa. El instrumento quedaría bajo la administración de Colombia Compra Eficiente. La función del registro sería examinar qué entidades cumplen las condiciones necesarias para convertirse en contratistas del Estado dentro de esta modalidad.
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La idea es fortalecer los controles previos y verificar, antes del acceso a recursos públicos, que las organizaciones interesadas acrediten las capacidades exigidas por la ley.
“Este proyecto le pone un límite a la intermediación contractual, da más elementos de transparencia para poder vigilar todos los recursos públicos que se ejecutan y, por supuesto, facilita o garantiza que haya libre competencia, libre concurrencia y selección objetiva a la hora de entregar los contratos”, puntualizó Claudia Margarita Zuleta.
El proyecto iniciará ahora su trámite legislativo en la Comisión Séptima del Senado. Allí se discutirán las modificaciones a la Ley 80 de 1993 y el alcance de las nuevas obligaciones para entidades estatales y contratistas.
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