
El Gobierno introdujo una nueva tasa del 16% en el IVA para las apuestas realizadas en plataformas digitales.
Esta normativa, formalizada mediante el decreto 0240, se incorpora al Presupuesto General de la Nación para 2026 y tiene como finalidad ampliar la base tributaria en el sector de los juegos de suerte y azar en línea, con el objetivo de fortalecer los ingresos fiscales durante la vigencia correspondiente.
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La medida responde a la necesidad de incrementar los recursos fiscales, con una adición de $8,6 billones al presupuesto de rentas y recursos de capital para 2026, según se detalla en el decreto 0240 y 0241 emitidos en la noche del jueves 12 de marzo.
Este ajuste impacta de forma directa en los operadores de juegos de apuestas por internet, que serán responsables del recaudo y declaración del nuevo gravamen ante la autoridad tributaria.

De acuerdo con el decreto 0240 divulgado por el Ministerio de Hacienda, el artículo 1 establece que todas las apuestas realizadas exclusivamente por internet en territorio nacional o desde el exterior están sujetas a la tasa del 16% de impuesto al consumo.
El hecho generador del gravamen será el depósito en dinero o criptoactivos realizado por cada usuario apostador al operador, con el propósito de ser abonado en la cuenta de usuario y obtener el derecho a apostar.
La base gravable del nuevo impuesto corresponde a los ingresos brutos del juego —conocidos como GGR (gross game revenue)—, definidos como el total de las apuestas efectuadas menos los premios entregados durante el bimestre respectivo.
Es decir, el fisco recauda sobre la diferencia neta entre lo apostado por los jugadores y lo pagado en premios, optimizando así el sistema para gravar la renta real generada por la industria digital de apuestas.
Solo operadores autorizados podrán ofrecer juegos y servicios asociados

El decreto 0240 del Gobierno nacional, estipula que únicamente las personas jurídicas con autorización y contrato de concesión vigente podrán operar, explotar, proveer servicios y contenidos, desarrollar plataformas tecnológicas, intermediar pagos, asegurar transacciones, o bien promocionar o publicar juegos de suerte y azar en internet.
El texto legal precisa: “La operación, explotación, provisión de servicios y contenidos, plataformas tecnológicas o soluciones de software, la intermediación de pagos, el aseguramiento de transacciones, así como la promoción o publicidad de juegos de suerte y azar operados por internet, solo podrá ser realizada por y para personas jurídicas que cuenten con la autorización y el contrato de concesión vigentes otorgados por la autoridad competente”.
De igual manera, se ordena que entidades financieras, proveedores de servicios de pago, desarrolladores de software, plataformas tecnológicas, medios de comunicación y cualquier tercero que participe directa o indirectamente en la operación de estos juegos deberán abstenerse de prestar servicios a operadores no autorizados.
El decreto advierte que el incumplimiento de estas disposiciones dará lugar a la imposición de sanciones por parte de las autoridades de vigilancia y control competentes. Esta determinación busca frenar la proliferación de actores ilegales en el sector, garantizando que solo los operadores registrados y controlados aporten al recaudo de la tasa del 16% y a la transparencia en las plataformas de apuestas digitales.
El Gobierno expide decreto con nuevas medidas tributarias para enfrentar crisis climática

El decreto promulgado por el Gobierno nacional establece nuevas medidas fiscales destinadas a aumentar los ingresos del Estado frente a la crisis climática y cubrir necesidades presupuestarias inmediatas.
Entre las principales disposiciones figura la creación de un impuesto patrimonial dirigido a sucursales y establecimientos de empresas extranjeras con activos en el país superiores a 200.000 UVT al 31 de marzo de 2026. Este gravamen se calculará sobre el patrimonio líquido local y se pagará en dos cuotas: la mitad en abril y el resto en junio.
El texto también introduce un impuesto temporal del 19% para regularizar activos no declarados o subvalorados y pasivos ficticios, con el objetivo de ampliar la base tributaria y obtener recursos excepcionales para enfrentar la emergencia.
Según el decreto, esta medida busca “reducir la opacidad en la información tributaria y generar un recaudo extraordinario en el corto plazo que contribuya a atender las necesidades económicas derivadas de la emergencia climática”.
Se habilitan mecanismos de conciliación para resolver disputas fiscales, aduaneras y cambiarias, permitiendo acuerdos extrajudiciales entre contribuyentes y la administración.
Además, se otorga una reducción transitoria de sanciones e intereses por deudas fiscales vencidas hasta diciembre de 2025, vigente hasta abril de 2026, para facilitar la regularización de los pagos.
El decreto afirma que el fin de estas medidas es “mejorar el recaudo y reducir el número de procesos judiciales pendientes” e “incentivar el pago de deudas pendientes”. Todo esto se enmarca en la estrategia de obtener recursos urgentes para afrontar la crisis climática y asegurar la estabilidad financiera del Estado.
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