
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia presentó para consulta pública un proyecto de decreto que propone modificar las condiciones para la circulación de la factura electrónica de venta como título valor, documento necesario para legitimar el ejercicio de un derecho literal y autónomo, generalmente de carácter económico (cobro de dinero o mercancías), que incorpora una obligación y es transferible.
Dicha reforma busca agilizar y tecnificar el proceso, mejorar el acceso al financiamiento para empresas y armonizar las disposiciones con el Código de Comercio. De acuerdo con la cartera que lidera Diana Morales, estas nuevas reglas afectarían el sistema de aceptación, registro y negociación de facturas en el Radian, plataforma que administra el registro, consulta y trazabilidad de las facturas electrónicas de venta, lo que tendría especial relevancia para las micro, pequeñas y medianas empresas, así como para el sector del factoring.
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La iniciativa introduce cambios específicos en los artículos 2.2.2.53.3, 2.2.2.53.4 y 2.2.2.53.12 del Decreto 1074 de 2015. El ministerio aclaró que “el registro en el Radian solo será obligatorio para aquellas facturas que tengan vocación de circulación, es decir, que vayan a ser endosadas”. Con el ajuste se elimina la obligación generalizada de registrar todas las facturas emitidas, lo que limita el proceso solo a los documentos que se pretenda negociar como título valor.

Según la entidad, el principal objetivo es corregir interpretaciones regulatorias que generaban ambigüedades y obstáculos en la operatividad del sistema. El ajuste normativo “alineará el marco con las dinámicas reales del mercado y eliminará cargas innecesarias para los actores involucrados”, señalaron desde el ministerio. Además, la adecuación del registro en el Radian busca otorgar mayor seguridad jurídica y agilidad a los procesos, aspectos fundamentales para la dinámica comercial.
Cambios destacados
Dentro de los cambios destacados figura la redefinición del sistema de aceptación de la factura electrónica. El ministerio explicó que “la aceptación expresa o tácita deberá realizarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la factura electrónica, y no al recibo de la mercancía o del servicio, como ocurre actualmente”. Asimismo, tanto el recibo de la mercancía o del servicio, como la aceptación y los reclamos, deberán documentarse y acreditarse de forma electrónica dentro de los plazos definidos.
El proyecto determina dos rutas para la aceptación:
- Aceptación expresa: ocurre cuando el adquirente manifiesta su conformidad por medios electrónicos en el plazo de tres días hábiles tras recibir la factura.
- Aceptación tácita: se produce si, en ese mismo plazo, el adquirente no presenta reclamos electrónicos contra el contenido de la factura.
Bajo estas condiciones, la factura queda irrevocablemente aceptada, lo que permite su circulación como título valor y el endoso correspondiente a través del sistema.
Al respecto, la gerente de eCommerce y experta en facturación electrónica de Sovos Saphety, Karoll Cuadros Castañeda, considera que estos cambios abordan una necesidad crítica del mercado.
Proyecto trae correcciones
“El proyecto de decreto corrige una ambigüedad que venía afectando la confianza y la agilidad en la circulación de la factura electrónica. Al alinear los tiempos de aceptación con el Código de Comercio, se fortalece la seguridad jurídica del título valor y se recupera su función como instrumento de financiamiento productivo”, afirmó a Portafolio.
La reforma también establece que, una vez aceptada la factura electrónicamente —de forma expresa o tácita—, no será posible registrar notas débito o crédito relacionadas, lo que cierra el ciclo del título valor y brinda mayor certeza a tenedores y terceros de buena fe. De igual manera, el tenedor legítimo de la factura deberá informar su posesión al adquirente por medio del Radian al menos tres días antes del vencimiento para el pago.
Transparencia y tenencia de los títulos
Según el ministerio, la medida busca aumentar la transparencia en la tenencia y circulación de los títulos.
Desde el ámbito empresarial, las modificaciones podrían dinamizar el acceso a mecanismos de financiamiento como el factoring, que son empresas que venden sus cuentas por cobrar (facturas vigentes a crédito) a una entidad financiera (factor) para obtener liquidez inmediata, con lo que reciben un anticipo del valor total descontando comisiones con repercusiones favorables para las micro, pequeñas y medianas empresas.

“Estos ajustes permitirán mejorar la funcionalidad de la factura electrónica como instrumento financiero, facilitar su negociación en operaciones de factoring y fortalecer el acceso al financiamiento productivo, en especial para las micro, pequeñas y medianas empresas, promoviendo mayor dinamismo y confianza en el sistema comercial”, destacó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Retos del nuevo esquema
Cuadros advirtió, sin embargo, que el nuevo esquema plantea retos relevantes en términos operativos y tecnológicos. “La factura electrónica gana velocidad y claridad como título valor, pero el reto para las empresas será operativo. Quienes no gestionen de forma adecuada los eventos electrónicos dentro de los plazos definidos podrían perder oportunidades de negociación o enfrentar riesgos en la circulación del título”, manifestó la experta.
Para afrontar estos desafíos, es esencial el monitoreo constante de los buzones de facturación electrónica y la revisión oportuna de las facturas recibidas para evitar aceptaciones automáticas. Además, las empresas deberán ajustar los sistemas internos para asegurar la trazabilidad digital completa de cada etapa del proceso, desde la recepción del documento hasta la acreditación electrónica de todos los eventos requeridos por la norma.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo mantuvo abierto el proceso de consulta pública hasta el 7 de febrero.
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