Defensoría de Pueblo emitió una alerta por los riesgos en atención de salud de población privada de la libertad

El Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad tomó la decisión de que la Nueva EPS sea el único operador del sistema sanitario de la población carcelaria

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La Defensoría pidió garantías del
La Defensoría pidió garantías del derecho fundamental a la salud en favor de la población carcelaria - crédito Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo emitió una alerta por los serios riesgos en la atención en salud que enfrentan más de 100.000 personas privadas de la libertad ante la decisión de que la Nueva EPS asuma como operador único del servicio en el sistema penitenciario.

La entidad expresó preocupación por el “impacto potencial que esta transición puede tener en la garantía del derecho fundamental a la salud de esta población, que depende de la protección estatal”.

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La Defensoría explicó que el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad determinó que la Nueva EPS sería el único operador del servicio.

Dicho escenario traería duras consecuencias, pues la Nueva EPS enfrenta dificultades financieras, administrativas y operativas, señaladas por la Procuraduría General de la Nación, tras dos años de intervención del Estado, explicó la Defensoría.

La Defensoría hizo una serie
La Defensoría hizo una serie de demandas a los responsables de garantizar atención sanitaria a la población privada de la libertad - crédito Defensoría del Pueblo

Las situaciones que prenden alarmas en la Defensoría del Pueblo

La entidad recordó que en 2025 se registró un alto número de acciones de tutela contra la mencionada EPS, que aumenta la incertidumbre sobre su capacidad para responder a las necesidades de la población carcelaria.

Incluso, el organismo defensor recapituló las cuatro ocasiones en las que la Corte Constitucional ha declarado la figura de Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en el sistema penitenciario y carcelario —T-153 de 1998, T-388 de 2013, T-762 de 2015 y SU-122 de 2022— debido a fallas estructurales persistentes en la garantía del derecho a la salud.

Como respaldo al argumento, el auto 607 de 2024 evidenció la existencia de barreras en el acceso a servicios médicos para las personas privadas de la libertad.

Por tanto, la Defensoría del Pueblo solicitó que la eventual transición hacia el nuevo esquema de operador único cuente con estudios técnicos que aseguren “la continuidad de la atención, la provisión de medicamentos y la oportunidad en los servicios para los presos”.

La Corte Constitucional ha declarado
La Corte Constitucional ha declarado varias veces el Estado Inconstitucional de las Cosas por deficiencias en la atención en salud a población carcelaria - crédito Luisa González/Reuters

Esto, con el fin de no incurrir en retrocesos contra los derechos adquiridos según la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que es la que regula y garantiza el derecho fundamental a la salud en el país.

La entidad también informó que desde enero del año en curso pidió ser parte del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud, a través de sus delegadas para la Política Criminal y el Derecho a la Salud, con el fin de aportar en la protección de los privados de la libertad. Hasta la fecha, no ha recibido respuesta a esa solicitud, informó el órgano estatal.

La Defensoría solicitó garantías en la atención sanitaria para las personas privadas de la libertad

En su pronunciamiento, la Defensoría instó a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) a comprometerse con que los servicios de salud se presten de manera inmediata y continua durante el proceso de transición.

Además requirió a la Uspec, al Ministerio de Justicia y del Derecho, al Ministerio de Salud y Protección Social y a la Nueva EPS presentar y divulgar los estudios técnicos, jurídicos, financieros y operativos que soportan la implementación del nuevo modelo, así como el plan de transición detallado.

Este plan deberá incluir “cronogramas, responsables y mecanismos de seguimiento, y debe contemplar un enfoque diferencial y de derechos humanos, con atención prioritaria a mujeres gestantes y lactantes, personas mayores, población Lgbtiq+, personas con discapacidad, con enfermedades crónicas o de alto costo y con trastornos de salud mental”.

La Nueva EPS sería el
La Nueva EPS sería el único operador sanitario de las personas privadas de la libertad en Colombia - crédito Nueva EPS

Además, exigió fortalecer la supervisión, vigilancia y control mediante indicadores públicos y verificables sobre la continuidad del servicio, la entrega de medicamentos, la oportunidad en citas y la disponibilidad de talento humano en favor de la población carcelaria.

La Defensoría del Pueblo demandó habilitar canales de información transparentes para las personas privadas de la libertad, sus familias y organizaciones de la sociedad civil.

Además, pidió “garantizar la participación efectiva de veedurías ciudadanas y organizaciones especializadas en salud penitenciaria en los procesos de seguimiento y evaluación del nuevo modelo”.

Para concluir, emitió un llamado al Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud para que no niegue que la Defensoría participe en la toma de decisiones sobre la prestación del servicio de salud.