
La exalcaldesa de Bogotá, Claudia López, cuestionó abiertamente la reciente decisión de la Corte Constitucional que elimina la reincidencia como agravante en el castigo de delitos.
A través de una publicación en su cuenta de X, López afirmó que “no podemos premiar a los que reinciden en delitos” y llamó a implementar, mediante un mandato popular, nuevos “criterios anti impunidad que realmente castiguen a los delincuentes”. Para la exalcaldesa, la seguridad debe ser una prioridad nacional.
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Según la postura difundida por López, respetar las decisiones judiciales no excluye el deber de buscar mecanismos eficaces para contener la criminalidad. Refiriéndose al aumento de la inseguridad en el país, aseguró que “en este momento, donde la inseguridad crece y crece, debemos combatir el crimen y no bajar la guardia”.
En un video publicado en la misma red social, Claudia López explicó que la decisión de la Corte Constitucional se tomó tras una solicitud de la Corte Suprema de Justicia.

Según su testimonio, el fallo señala que la reincidencia en un delito dejará de ser causa para recibir una pena más severa. Al respecto, expresó: “Apreciados magistrados y jueces de Colombia, con todo respeto, pero con toda firmeza, les digo que esa es una decisión equivocada”. Para la exalcaldesa, la medida contradice el sentir popular, que exige mayor seguridad y cero impunidad en Colombia.
“Si algo pide Colombia hoy, es un clamor unánime por tener mayor seguridad y cero impunidad, porque la justicia y no la impunidad sea lo que reine”, manifestó.
La dirigente advirtió que delitos como el hurto y el narcotráfico no deben recibir el mismo trato jurídico cuando hay reincidencia.
“No puede ser que atracar hoy no se tenga en cuenta para una sentencia que ya atracaste ayer, que dejaste una víctima, que mataste a alguien, que le quitaste sus ingresos. Que narcotraficar una y otra vez no sea reincidencia, que no sea un agravante, por favor. Esto es falta no solamente de rigor, sino hasta de sentido común”, sostuvo.
La posición de la exalcaldesa coincide con el reclamo ciudadano que exige penas más estrictas para quienes reinciden en delitos graves.
Para López, la única vía posible es una reforma respaldada por la población: “Creo que solo nos queda un camino. Y es que mediante mandato popular impongamos unos criterios anti impunidad que todo juez, incluso una alta corte, tenga que cumplir”.
Durante su mensaje, Claudia López propuso replicar la experiencia de los mandatos anticorrupción que se impulsaron en el pasado.
“Así como le impusimos a la clase política siete mandatos anticorrupción, entonces tendremos que usar los mecanismos que la misma Constitución nos da para determinar unos criterios anti impunidad que nos protejan a todos”, declaró.
Según la exmandataria local, la reincidencia en delitos como homicidio, robo, extorsión o narcotráfico “tiene que ser un agravante, tiene que tener en cuenta la reincidencia para poder imponer una pena y acabar la impunidad”.
Corte Constitucional tumba el aumento de penas para reincidentes
La Corte Constitucional revocó la aplicación de la reincidencia como causal automática de incremento de pena en el sistema judicial colombiano.
El 10 de diciembre de 2025, la Sala Plena declaró inconstitucional el artículo de la Ley 2197 de 2022 que contemplaba un aumento sancionatorio para quienes acumulaban condenas previas en los cinco años anteriores, modificando el criterio que regía desde 2011.
La ponencia liderada por el magistrado Miguel Polo Rosero examinó el artículo 7 de la citada ley, incorporado al Código Penal por reformas recientes.

La determinación tomó en cuenta el concepto de la Corte Suprema de Justicia, que en mayo de 2024 pidió anular la disposición, al considerar que contravenía principios como la prohibición de la doble penalización y el derecho penal del acto.
“Impuesta la sanción que le corresponda por la conducta delictiva, después no se le puede someter a otra pena por ese mismo comportamiento”, sostuvo el alto tribunal.
Un documento firmado por Myriam Ávila, presidenta de la Sala Penal, remarcó que los antecedentes penales no configuran un elemento válidamente agravante, ni reflejan una disposición criminal permanente.
La Procuraduría General de la Nación defendió la norma e instó a su conservación, argumentando que respondía a la necesidad social de reforzar la protección ciudadana ante repetidas infracciones.
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