
La Ley 2466 de 2025, a través de su artículo 15, modificó el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, ampliando el espectro de licencias remuneradas. El propósito central de esta reforma es garantizar que los empleados puedan atender situaciones personales o familiares sin que su salario se vea afectado, lo que contribuye a un entorno laboral más equitativo y humano.
Según la normativa, las licencias de trabajo constituyen permisos obligatorios que el empleador debe conceder para que el trabajador se ausente temporalmente de sus funciones, siempre que exista una causa justificada.
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Estas son las diez licencias remuneradas
De acuerdo con el Pacto Global Red Colombiana, entre las licencias más relevantes se encuentra la licencia por luto, regulada por la Ley 1280 de 2009, que otorga cinco días hábiles de permiso remunerado ante el fallecimiento de un familiar cercano hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil. Este derecho, recogido en el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, busca ofrecer un espacio de duelo y acompañamiento familiar en momentos críticos.

De igual manera, el nacimiento o adopción de un hijo activa una serie de licencias específicas. El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo establece que los padres trabajadores pueden acceder a dos días hábiles remunerados para acompañar el nacimiento de un hijo, promoviendo la participación activa del padre en el entorno familiar.
La licencia de maternidad, regulada por la Ley 1822 de 2017, concede 18 semanas de permiso a las madres biológicas o adoptantes, durante las cuales reciben el salario correspondiente al momento de iniciar la licencia. Por su parte, la licencia de paternidad, establecida en la Ley 2114 de 2021, otorga dos semanas a los padres biológicos o adoptantes.
Esta misma ley introdujo la licencia parental compartida, que permite a la madre ceder hasta seis semanas de su licencia de maternidad al padre, así como la licencia parental flexible de tiempo parcial, cuyo periodo depende del acuerdo entre empleador y trabajador y permite que ambos padres compartan el cuidado del hijo de manera alternada.

En situaciones excepcionales, como el fallecimiento de la madre durante el periodo de licencia, el padre biológico o adoptante asume el tiempo pendiente de la licencia de maternidad, garantizando así la protección del menor y la continuidad del apoyo familiar. Además, la Ley 2114 de 2021 equipara los derechos de los padres adoptivos a los de los padres biológicos, asegurando igualdad de condiciones en el acceso a las licencias parentales.
El marco legal también contempla permisos para atender citas médicas y deberes familiares, regulados por la Ley 1857 de 2017. Este permiso, de duración flexible y con horario adaptable, permite a los trabajadores acompañar a hijos menores, personas de la tercera edad o al cónyuge en situaciones médicas, siempre que se justifique la necesidad.
En casos de calamidad doméstica, el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo y la jurisprudencia establecen que el tiempo de ausencia será proporcional a la gravedad de la emergencia, quedando su regulación sujeta a los reglamentos internos de cada empresa.

El permiso por uso de la bicicleta, una medida exclusiva para funcionarios públicos en Colombia, permite ausentarse medio día con goce de sueldo si el trabajador utiliza este medio de transporte para llegar a su lugar de trabajo.
En resumidas palabras, estas son los diez permisos remunerados que podrá solicitar a su empleador:
- Licencia por luto
- Licencia por maternidad
- Licencia por paternidad
- Licencia parental compartida
- Licencia parental flexible
- Licencia parental por adopción
- Licencia parental por fallecimiento de la madre
- Permiso para citas médicas y deberes familiares
- Calamidad doméstica
- Permiso por uso de la bicicleta.
Para garantizar el uso adecuado de estas licencias, las empresas podrán implementar registros internos de las solicitudes, diseñar formatos estandarizados y capacitar a sus equipos de talento humano. El trabajador, por su parte, tiene la obligación de informar con antelación, salvo en situaciones de urgencia o fuerza mayor, y presentar los soportes requeridos. Es importante destacar que las licencias no son acumulables ni pueden compensarse con dinero, salvo que la normativa lo disponga expresamente.
En caso de que un empleador niegue injustificadamente una licencia a un trabajador que cumple con los requisitos, este puede presentar una demanda ante el Ministerio de Trabajo. Las empresas que incurran en esta práctica se exponen a sanciones económicas.
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