
A través de una publicación en sus canales oficiales, la Embajada de Estados Unidos en Colombia reiteró una medida que afecta a quienes planean solicitar ciertos tipos de visa: los aspirantes deberán proporcionar información específica sobre sus redes sociales como parte obligatoria del proceso.
Esta exigencia aplica para tres categorías puntuales de visas: F, M y J, comúnmente utilizadas por estudiantes académicos, vocacionales y visitantes de intercambio.
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La inclusión de los identificadores de redes sociales no es un requerimiento nuevo, pero la delegación diplomática en Bogotá quiso enfatizar la importancia de esta norma y sus implicaciones en el trámite. Según lo comunicado, “utilizamos toda la información disponible en el proceso de revisión y verificación de visas para identificar a los solicitantes que no son admisibles en los Estados Unidos, incluidos aquellos que representan una amenaza para la seguridad nacional del país”.

Desde 2019, todos los solicitantes de visa –tanto inmigrante como no inmigrante– deben registrar en el formulario DS-160 los nombres de usuario o identificadores que hayan usado en redes sociales durante los últimos cinco años. Esta disposición abarca plataformas ampliamente conocidas y cualquier otra que el aspirante haya empleado de forma pública.
La embajada explicó que esta información debe ser precisa, ya que constituye una declaración formal. “Los solicitantes deben certificar que la información proporcionada en su solicitud de visa es verdadera y correcta antes de firmarla y enviarla. Omitir información sobre redes sociales podría resultar en la denegación de la visa y en la inelegibilidad para futuras solicitudes”, precisó la entidad.
Los visados que requieren cumplir con esta exigencia pertenecen a tres grupos distintos, que agrupan a personas con intereses académicos, técnicos o culturales.

En el caso de las visas tipo F y M, están destinadas a estudiantes académicos o vocacionales, así como a sus cónyuges e hijos. Por ejemplo, la F-1 aplica para quienes ingresan a programas académicos formales; la F-2 corresponde a familiares dependientes; y la F-3, a estudiantes de nacionalidad canadiense o mexicana que deben desplazarse con regularidad entre su país de origen y Estados Unidos.
De forma similar, las visas M-1, M-2 y M-3 están orientadas a quienes se vinculan a programas vocacionales, con clasificaciones paralelas a las de la categoría F. Por su parte, las visas J abarcan a los visitantes de intercambio, un grupo amplio que incluye tanto a participantes en programas culturales y académicos como a investigadores y profesionales invitados. En este segmento también se contemplan sus cónyuges e hijos, mediante las visas J-2.
El proceso de revisión de antecedentes mediante redes sociales forma parte de un enfoque más amplio de control migratorio que fue intensificado durante la administración del expresidente Donald Trump. Bajo esta política, el Departamento de Estado implementó medidas más estrictas para supervisar a los solicitantes de visados, incluyendo acciones como la cancelación de miles de permisos.

En este sentido, se denunció que varias de estas decisiones afectaron a estudiantes extranjeros involucrados en protestas propalestinas realizadas en campus universitarios de Estados Unidos. La administración de Donald Trump argumentó que algunas de estas manifestaciones podían representar una amenaza para la seguridad, por lo que se procedió a revocar visados, incluso cuando se trataba de actividades pacíficas.
Las tensiones también alcanzaron a instituciones educativas de alto perfil. En especial, la Universidad de Harvard fue señalada por sectores políticos en Washington, que la acusan de adoptar posturas contrarias a los intereses estadounidenses o incluso de promover discursos considerados antisemitas.
Entre las medidas impulsadas desde el Congreso y algunas agencias federales se plantea la suspensión de fondos públicos a esa universidad y la eventual prohibición de admitir estudiantes extranjeros.

A pesar de estas controversias, la normativa sobre redes sociales permanece vigente como parte estructural del sistema de revisión consular. Desde la Embajada de Estados Unidos en Bogotá se aclaró que no se trata de una solicitud discrecional, sino de un requerimiento obligatorio que puede determinar la aprobación o el rechazo de una visa.
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