
El exfiscal Mario Alfonso Lora Correa cumplirá su condena de siete años con el beneficio de detención domiciliaria, tras aceptar su responsabilidad en el delito de homicidio agravado en concurso homogéneo y sucesivo de dos jóvenes en 2016, tras sostener un altercado con ellos en la zona rosa de la capital de Córdoba.
La decisión fue confirmada el 28 de mayo por la Sala de Conjueces del Tribunal Superior de esa ciudad. Además de la pena privativa de la libertad, la sentencia incluye la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo, informaron en la emisora La W Radio.
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En el medio radial recordaron que según las investigaciones de las autoridades, los hechos ocurrieron el 19 de junio de 2016 en la sector de rumba de Montería, cuando el exfiscal disparó contra dos jóvenes, Camilo Rodríguez y Harold Suárez, quienes se encontraban en el lugar.
El ataque se produjo tras un altercado entre las víctimas y uno de los hijos de Lora Correa, que comenzó con un intercambio verbal y culminó en la agresión armada, que culminó con el trágico suceso en el que perdieron la vida los dos muchachos.
Ambos jóvenes resultaron gravemente heridos y murieron pocos meses después de la riña: Rodríguez falleció el 3 de julio en el hospital San Jerónimo de Montería, mientras que Suárez murió el 26 de agosto en la Clínica Imat, reportaron en su momento el periódico regional El Heraldo.

Durante el proceso judicial, el exfiscal aceptó los cargos, y bajo el atenuante de ira e intenso dolor, logró que le otorgaran el beneficio judicial, explicaron en La W Radio.
El caso ha estado marcado por una serie de recursos legales y decisiones judiciales. Inicialmente, en 2020, el Juzgado Penal del Circuito de Lorica no aprobó el preacuerdo entre Lora Correa y la Fiscalía, argumentando que carecía de los soportes probatorios necesarios y que vulneraba el derecho de las víctimas a la verdad.
Sin embargo, la Sala de Conjueces del Tribunal Superior de Montería revocó esta decisión, lo que permitió que el acuerdo fuera avalado en abril de 2022.

El Ministerio Público presentó un recurso de apelación contra el fallo de 2022, lo que llevó a que el caso regresara a la Sala de Conjueces. Además, interpuso una tutela ante la Corte Suprema de Justicia, señalando demoras injustificadas en el proceso, detallaron en la emisora.
Finalmente, la Sala de Conjueces ratificó la condena, aunque aclaró que contra esta decisión procede el recurso de casación.
La sentencia contra Lora Correa también incluye la prohibición de ejercer funciones públicas, lo que refuerza las consecuencias legales de sus actos.

Este caso ha generado un amplio debate sobre la justicia y los derechos de las víctimas, especialmente por las circunstancias que rodearon el mencionado principio de oportunidad.
Pero, además, porque dos años después del doble homicidio, al exfuncionario del ente acusador le permitieron seguir trabajando en esa entidad, incluso lo trasladaron a Chocó para que fuera el fiscal delegado ante el Grupo de Acción Unificada por la Libertad Personal (Gaula), señalaron en su momento en el periódico regional El Universal.

Además, en Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba, cinco años después del trágico suceso, solo lo sancionaron a seis meses de inhabilidad, decisión que fue impugnada, ya que los familiares de las víctimas lo consideraron como una burla, recogieron en esa ocasión en el portal de noticias caribeño Chica Noticias.
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