Si va a viajar, estos son los documentos clave para que sus hijos puedan salir del país en Semana Santa

Migración Colombia establece medidas más estrictas para evitar problemas con menores en vuelos internacionales. Las familias enfrentan nuevos retos documentales en temporada alta

Guardar
Migración Colombia refuerza revisiones para
Migración Colombia refuerza revisiones para salidas internacionales de menores en temporada alta - crédito Colprensa

Durante la temporada de Semana Santa, las salidas internacionales aumentan considerablemente en Colombia, y muchas familias se disponen a viajar con menores de edad. Aunque el entusiasmo por las vacaciones puede llevar a centrarse solo en tiquetes, maletas y reservas, lo cierto es que los trámites migratorios con niños requieren una preparación mucho más rigurosa que en el caso de los adultos. Un solo documento faltante puede convertirse en una barrera para abordar el avión.

En aeropuertos como El Dorado, de Bogotá, Migración Colombia refuerza la revisión de papeles cuando se trata de menores, especialmente si no viajan con ambos padres. Además del pasabordo, pasaporte y las visas requeridas por el país de destino, se exige cumplir con requisitos específicos que varían dependiendo del caso familiar.

Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.

Conozca qué documentos son cruciales
Conozca qué documentos son cruciales para niños con doble nacionalidad al viajar - crédito Johan Largo/Infobae

Para niños entre los 0 y 7 años, es obligatorio presentar el Registro Civil de Nacimiento. Pero si el menor no viaja con los dos padres, se debe entregar un documento adicional que respalde la autorización para salir del país: “Se deberá mostrar a Migración Colombia un documento que autorice la salida del país del menor”.

Este permiso de salida no es un simple aval genérico. Debe incluir detalles claros como fecha de salida, propósito del viaje, fecha de regreso y con quién viaja el menor, según lo definido en el Código de Infancia y Adolescencia. Además, debe cumplir con requisitos notariales, dependiendo de la ubicación del padre que lo otorga.

Cuando el padre o madre que autoriza el viaje está en Colombia, el permiso debe autenticarse ante notario público. Si está en el exterior, el trámite cambia, el permiso debe estar autenticado ante el consulado colombiano. En caso de que no haya consulado cercano, el documento se puede firmar ante un notario del país de residencia, siempre que esté “diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original”.

Menores adoptados necesitan presentar copias
Menores adoptados necesitan presentar copias del registro civil en cada viaje - crédito Eva García/EFE

A esto se suma otra condición, si el menor cuenta con el nuevo pasaporte colombiano que no incluye los nombres de los padres, también debe presentarse copia física o imagen legible del registro civil del niño, niña o adolescente colombiano.

El panorama se complejiza aún más en situaciones particulares. Por ejemplo, si uno de los padres falleció, se debe presentar el registro civil de defunción. En caso del fallecimiento de ambos, quien autorice el viaje debe ser el tutor legal del menor y demostrarlo mediante los documentos de respaldo correspondientes. Para menores adoptados, también se exige la copia o fotocopia del Registro Civil de Nacimiento.

Cuando los padres están en conflicto y no se logra un acuerdo, el único documento válido será el permiso otorgado por el juez de familia. Si uno de los padres tiene la patria potestad en exclusiva, debe mostrarse copia de la sentencia debidamente ejecutoriada que así lo acredite. Y si el permiso fue formalizado mediante escritura pública, esta debe presentarse junto con la certificación de su vigencia.

Hay que tener en cuenta que incluso los menores con doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, deben cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano). En casos donde no se conoce el paradero de los padres o cuando estos no están en condiciones de otorgar el permiso, se requiere un aval especial y es el permiso del Icbf.

Hay excepciones especiales para menores
Hay excepciones especiales para menores cuyos padres no puedan dar autorización - crédito Colprensa

Una excepción importante se aplica a situaciones donde uno de los padres es deudor de la cuota alimentaria. “No se requiere el permiso de salida de menores de edad del país del padre o madre cuando es deudor alimentario moroso y está inscrito en el Redam”. Para esto, debe presentarse “el certificado de inscripción del padre o madre moroso en la base de datos del Redam”.

Para que un menor salga del país debe contar con pasaporte vigente, visa válida si el destino lo exige, registro civil y el permiso de salida del padre que no lo acompaña. Y aunque no es obligatorio entregar este último documento al oficial migratorio, sí debe mostrarse: “No es necesario dejar copia del Registro Civil de Nacimiento al oficial de migración. Sin embargo, sí es necesario presentarlo para corroborar el grado de parentesco con el menor cuando este viaje con el nuevo formato del pasaporte colombiano”.