
El proyecto de ley 205 de 2022, que busca que cualquier vivienda sea de uso turístico, pasó el primer debate en mayo pasado en el Congreso, con varias polémicas. Ahora, en esta nueva legislatura, podría avanzar también en segundo debate, aunque algunos expertos aseguran que este proyecto trae algunos riesgos, como especulación con los precios de los arriendos y menor oferta de inmuebles.
Esta iniciativa que pretende reformar el régimen de propiedad horizontal en Colombia, esto con el propósito que las actividades de hospedaje y alojamiento turístico sean permitidas en cualquier inmueble residencial. Al parecer se materializaría a menos que, la asamblea de propietarios la prohíba por más del 70%, es decir, por una mayoría calificada.
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Y es que, el proyecto de ley 205 de 2022, acumulado con el 282 de 2022, que busca reforma la ley 675 de 2001, debido a que esta última, ha establecido, desde hace 22 años, las condiciones de convivencia y seguridad entre los propietarios de inmuebles.
Aunque, hubo una polémica inicial con el sector de la propiedad horizontal, el proyecto radicado en la Cámara de Representantes sigue adelante. Sus ponentes que son: José Jaime Uscátegui y Jorge Eliecer Tamayo, Óscar Sánchez León, Alirio Uribe Muñoz, Jorge Méndez Hernández, Marelen Castillo, entre muchos otros, ven con buenos ojos que pase de igual forma en el segundo debate.
Es importante mencionar que cuando pasó el primer debate en mayo, Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal, a través de su presidente, Germán Molano Baquero, sumado a más representantes de gremios de la propiedad horizontal, expresaron que era preocupante que un proyecto que ellos consideran importante, haya sido aprobado sin demasiada discusión y sobre todo sin recoger las opiniones de la comunidad y las personas expertas en la materia.
Se debe resaltar, que hace unos años se buscó llevar a cabo una iniciativa similar con el proyecto de ley 511 de 2021, no obstante, el sector de la propiedad horizontal, sumado a expertos en el tema si participaron en aquel entonces, pero, este fue archivado y no se vio con buenos ojos que se empezara de cero ya teniendo trabajo adelantado.
De acuerdo con el radicado, se menciona que la ley 675 de 2001, “la presente ley, regula la forma especial de dominio denominada propiedad horizontal, en la que concurren los derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad, sobre el terreno y los demás temas comunes, con el fin de garantizar la seguridad y la convivencia pacifica en los inmuebles sometidos a ella, así como la función social de la propiedad”.
En pocas palabras, se busca que un inmueble que, de acuerdo con este artículo, tenga una función social determinada, pueda cambiar para que pueda ser utilizada para arrendamientos cortos o funciones turísticas sin que la propiedad tenga el permiso requerido.
De acuerdo con lo que María Alejandra Pérez, directora jurídica de La Lonja, gremio inmobiliario de Medellín y Antioquia, le dijo al periódico El Colombiano con respecto al tema, “Si ya está siendo un problema controlar los Airbnb, luego no habrá cómo hacerlo”, ya que con la iniciativa se van a legalizar las rentas cortas en todas las copropiedades sin necesidad de autorización.
En cuanto a Airbnb, es una aplicación que, por medio de una plataforma digital, ofrece alojamientos a particulares y turísticos. En este los anfitriones pueden publicitar y contratar el arriendo de sus propiedades con sus huéspedes.
Es por eso, que al sector le preocupa esta iniciativa, pues, muchos que se dedican al arrendamiento o al hospedaje turístico, les preocupa que además de aplicaciones como Airbnb, que no ha sido regulada, ahora tendrán competencia de cualquier propietario de una vivienda que antes no tenía autorización para prestar este servicio.
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