
Estamos en temporada de Fiestas Patrias y es pertinente recordar las multas con las que una persona puede ser amonestada en caso de faltar el respeto a alguno de los símbolos patrios, pues se sabe que en la emoción no puede faltar a quien con unas copas encima, se le ocurra ser grosero o creativo con ellos.
El uso, características y difusión de los símbolos patrios del país está regulado a través de la Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales publicada originalmente el 8 de febrero de 1984.
En ella se establecen las siguientes acciones consideradas como infracciones a la Ley:
-Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas
-Utilizar el escudo nacional sin autorización
-Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios
-Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones
-Portar la banda presidencial
-Alterar la letra o música del Himno Nacional ya sea con composiciones o arreglos o con fines de lucro
La Secretaría de Gobernación (Segob) es la encargada de vigilar el cumplimiento de esta ley y le pueden auxiliar todas las autoridades del país. Mientras que en los planteles educativos serán las autoridades educativas las que estén a cargo de su ejecución.
¿Cuál es la multa por violar la ley de símbolos patrios?
Los infractores podrán ser acreedores a una o varias de las sanciones siguientes:

-Amonestación con apercibimiento, es decir, una llamada de atención o advertencia ante lo que podría ser una sanción mayor en caso de seguir cometiendo la falta.
-Multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al momento de cometerse la infracción, lo que equivale a 962 mil 200 pesos. Se podrá cobrar esta cantidad por cada día que persista la infracción.
-Arresto hasta por 36 horas.
Cierre de la estación Zócalo-Tenochtitlan
Con motivo de la ceremonia del Grito de Independencia y del tradicional Desfile Militar, las autoridades del Sistema de Transporte Colectivo Metro (STCM), anunciaron a través de su cuenta de Twitter el cierre de la estación Zócalo-Tenochtitlan.
El cierre de la estación Zócalo es efectivo desde el martes 13 de septiembre. Según una tarjeta informativa del Metro, el cierre es “con motivo de la conmemoración del CCXII aniversario del inicio de la Independencia de México”.
Asimismo, detalló que durante este viernes 16 de septiembre, el servicio será establecido como día festivo, es decir, de las 7:00 horas hasta las 24:00 horas. En esa fecha, se aplicará el programa “Domingos y días festivos, tu bici viaja en Metro”.
Operativos de seguridad el 15 de septiembre

Desde primera hora del día y hasta el término de las actividades del día 15 de septiembre, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SDC) de la CDMX informó que se realizarán acciones de supervisión y vigilancia en las inmediaciones de la plancha del Zócalo, para garantizar la seguridad de los asistentes al evento.
Se establecerán cuatro cinturones de seguridad en la zona del Centro Histórico: el primero, con mil oficiales de la Policía Metropolitana; el segundo a la altura de la calle República de Guatemala, Correo Mayor, Venustiano Carranza y del lado de Poniente Palma.
El tercero, indicó el Subsecretario de Operación Policial, será a la altura de la calle Donceles, Jesús María, República de Uruguay e Isabel la Católica. Mientras que el cuarto, comprenderá desde Eje Central, el Eje 1, Circunvalación, San Pablo e Izazaga.
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