
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que a partir del lunes 8 de agosto, en caso de que algún derechohabiente tenga síntomas de SARS-CoV-2, deberá de acudir a los Módulos de Atención Respiratoria del Seguro Social (MARSS) o a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda para confirmar el contagio y, de este modo, proceder con el Permiso COVID-19.
Esto porque desde el pasado 6 de julio se puso en funcionamiento el servicio de Permiso COVID en su versión 4.0, el cual permitía al usuario generar un permiso para no acudir a su centro de trabajo desde la comodidad de su casa en el que sólo se llenaba un cuestionario sin tener a un médico que lo acreditara.
La idea original de determinar como positivo un contagio a partir del cuadro sintomático presentado inició en 2020 y obedeció a dos lógicas que eran prioritarias en el año que inició la pandemia. La primera, era contar con un mecanismo que permitiera al trabajador ausentarse de su espacio de trabajo sin consecuencias a su relación contractual. Esto bajo la premura de evitar contagios en el centro de trabajo.

Aunado a esto, el segundo punto por el cual se estableció fue para no saturar los centros de salud, clínicas ni módulos de atención en los que se realizan las pruebas, por lo que se confió a que fuera una un acto consciente por parte del empleado para poder ausentarse de su centro de trabajo sin afectar la productividad de la empresa en la que trabaja.
De tal modo que, con la incidencia e intensidad de contagios de COVID-19 en México, el Seguro Social pudo ponerle fin al Permiso COVID de manera a distancia, por lo que ahora las y los trabajadores de empleos formales deberán de acreditar su contagio del nuevo coronavirus ante una autoridad certificada para que se pueda tramitar el permiso de ausencia laboral.

Conforme a lo reportado por el IMSS, desde que se puso en operación este mecanismo, el 6 de julio, se han otorgado 175 mil 682 permisos (que equivalen a 120.1 millones de pesos), los cual consiste en la entrega de un documento homologable a la incapacidad Temporal para el Trabajo por cinco días, de manera remota y sin necesidad de acudir a su clínica de adscripción; sin embargo, la incidencia viral permite que ya se puedan acudir a los centros establecidos para dicho servicio.
Cabe destacar que la capacidad hospitalaria y la aplicación de las vacunas contra el nuevo coronavirus permite, a diferencia de los años anteriores, la entrada de los usuarios que sospechen de que están contagiados de COVID-19 sin que esto represente un riesgo mayor a ellos o a su entorno, por lo que el Instituto se limitó a recordar las indicaciones esenciales para prevenir contagios: uso de cubrebocas, lavado constante de manos, implementación de gel antibacterial y sana distancia.
Por su cuenta, el COVID-19 sigue presente en México y, aunque su tasa de letalidad bajó diametralmente desde que se comenzó la aplicación de vacunas, los contagios siguen siendo reportados por la Secretaría de Salud (SSa). Hasta el momento, se tienen registrados 6 millones 857 mil 470 contagios confirmados y la lista de decesos llegó a 328 mil 32. Esto quiere decir que en las últimas 24 horas se presentaron 3 mil 290 casos y 14 fallecimientos.
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