
Este lunes 1 de noviembre trascendió que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó diversos lineamientos para que se lleve a cabo el proceso de revocación de mandato, donde atendió, entre otras cosas, una queja promovida contra el INE respecto a la metodología de recolección de firmas.
Y es que a partir de una queja que condenaba la vía digital como la única para compilar las firmas de las y los ciudadanos interesados por que ocurra este proceso consultivo, el TEPJF determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) debe de ampliar la metodología.
Al respecto, Ricardo Monreal, líder de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en el Senado de la República, celebró este dictamen y aseguró que esto contribuirá, en gran medida, a ejercer el derecho de elegir cómo expresar su respaldo a la petición para convocar a la consulta de revocación o permanencia del presidente.

Asimismo, recordó que esta participación no debe de estar sujeta al acceso de las tecnologías de las telecomunicaciones, pues debe de ser determinada por la voluntad ciudadana de participar en un proceso consultivo nunca antes visto en México.
“En papel o por medio digital, la expresión ciudadana para solicitar que se realice la consulta sobre revocación debe ser libre, verídica y verificable. La sentencia del TEPJF despeja el camino para que la primera experiencia en la materia tenga como eje la voluntad popular”, escribió en su cuenta oficial de Twitter.

Finalmente, recordó que el Congreso de la Unión siempre tuvo la razón respecto a estos aspectos técnicos de la revocación de mandato que venía promoviendo el INE y exigió al órgano dirigido por Lorenzo Córdova que actúe en consecuencia para garantizar un proceso limpio y completamente válido.
Cabe destacar que esta situación había sido delatada por Morena desde agosto de este año, cuando el senador César Cravioto señaló que el INE se comporta “peor que la Gestapo”, pues, de acuerdo con el criterio del morenista, buscaba viciar el proceso de la revocación de mandato.
Y es que el 19 de ese mes Cravioto Romero, durante su ponencia en la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para aprobar el periodo extraordinario que definiría la Ley Federal de Revocación de Mandato y su reglamentación, reveló un texto que se presumía como el borrador del INE para la metodología de este proceso.

Una “barbaridad” que condenó fue de que el INE plantea que todo se levante con una app, entonces, “si no tienes celular de alta gama, una tableta electrónica o una computadora no puedes levantar las firmas. Fíjense en la trampa”, reprochó desde la tribuna.
De tal modo que el TEPJF hizo caso a la queja y proyectó en su sentencia que para “recabar las firmas de apoyo deberán facilitarse en todo el país formatos físicos y en dispositivos electrónicos para que la ciudadanía interesada cuente con la posibilidad de elegir el medio que más les convenga”.
Aunado a esto, estipuló que el sería violatorio a la misma Ley Federal de Revocación de Mandato que el presidente de la República tenga “derecho a opinar e informar acerca de la continuidad de su cargo”. Esto porque el INE es la única entidad facultada para emplear recursos públicos en la promoción objetiva, imparcial y con fines informativos de la participación ciudadana en dicho proceso.
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