
En un hechos sin precedentes, la Ciudad de México estrenará en el proceso electoral de 2021 un protocolo para castigar los hechos de violencia política de género, a fin de proteger a todas las mujeres que vayan a participar en las candidaturas.
Será en este septiembre que inicie el proceso electoral 2020-2021, mismo que será el primero en la historia de la capital mexicana en el que se podrá castigar la violencia política contra las mujeres, a fin de evitar que se presenten penosos episodios como los que tuvieron lugar en el proceso de 2018, como fue el caso de la entonces candidata a la alcaldía de Coyoacán, María Rojo, que sufrió acoso, amenazas y difamaciones durante su candidatura.
Cabe señalar que aunque el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) y el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) reconocieron que hubo violencia política de género en ese caso, no hubo sanciones para el autor de la agresiones, el contrincante de la candidata, Manuel Negrete, quien finalmente ganó esas elecciones. Precisamente, fue el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la institución que dio validez al triunfo de Negrete, argumentando que la violencia política de género no fue determinante.

No obstante se ordenó, con dicho antecedente, al instituto electoral capitalino la creación de un protocolo contra la violencia política de género, a fin de evitar casos como el de María Rojo en 2020 y 2021.
Además, el Congreso de la CDMX también aprobó el pasado mes de julio varias reformas para tipificar esta forma de violencia como delito, mismas que seguirán vigentes después de las elecciones, en las que se renovarán las administraciones de las 16 alcaldías, sus concejos y se conformará la segunda legislatura del Congreso.
Y es que, la “Evaluación de la incidencia de la violencia política contra las mujeres en el contexto del proceso electoral 2017-2018”, del IECM, arrojó que la CDMX fue la segunda entidad a nivel nacional que registró más agresiones contra candidatas y precandidatas, se presentaron un total de 27 denuncias. Este resultado solo se vio rebasado por Veracruz, en donde se tuvo registro de 37 acusaciones de este tipo.
“El Protocolo busca generar procedimientos de actuación institucional acordes con el tipo de infracciones y delitos cometidos en contra de las candidatas que participan en un proceso electoral. Esto significa que, si bien no todas las quejas presentadas ante el IECM pueden dar pie al inicio de procedimientos sancionadores por violencia política de género, es posible que puedan iniciarse por hechos constitutivos de violencia política u otro tipo de infracciones, aun cuando no logre acreditarse que las conductas se dirigieron a una candidata por el hecho de ser mujer”, señala el documento que describe el programa.
El texto, además, está respaldado por:
-El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
-El Instituto Nacional Electoral (INE)
-La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE)
-La Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación (SEGOB)
-La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV)
-La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM)
-El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES)
-La Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA)
También explican que, cuando se presenten los casos de violencia política de género, lo primero que se tiene que hacer es denunciar el incidente a la FEPADE.

Una vez presentada la denuncia, la FEPADE llevará a cabo los siguientes pasos:
1. Determinación de si el caso es de violencia política de género
2. Valoración del caso en razón de la competencia
3. En los casos en que no sea competencia de FEPADE, orientación o referencia, así como acompañamiento activo hasta la admisión del asunto en otra dependencia
4. Planeación y monitoreo del caso por parte de la Dirección de Averiguaciones Previas en el sistema tradicional y por la Dirección del nuevo sistema procesal penal en los casos del sistema acusatorio
5. Informe a la Procuraduría General de la República (PGR) y al INE, así como a las autoridades que corresponda
Mientras que en los casos de propaganda político-electoral ofensiva o denigratoria en contra de las mujeres, el texto señala que la FEPADE integrará las averiguaciones previas o carpetas de investigación correspondientes, dará vista al INE y lo hará del conocimiento del TEPJF o del tribunal electoral local, según corresponda.
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