
Teniendo en cuenta el anuncio de la nueva cifra que regirá para el salario mínimo de los colombianos en el año 2023, realizado el pasado mes de diciembre, surgen dudas respecto a la forma en la que se debe calcular el pago de seguridad social en lo que respecta a trabajadores independientes que reciben estas ganancias, mensualmente. Es de recordar que la cifra, con la entrada del gobierno del presidente Gustavo Petro, creció en un 16%.
Es importante recordar que el beneficiario debe afiliarse, como independiente, tanto al fondo de pensiones y servicios médicos de su elección. Allí, en el portal informativo de cada entidad que escoja, deberá elegir la que será la plataforma con la que cotizará esos valores. Teniendo eso claro, quien esté en este proceso tiene que tener en cuenta que debe pagar seguridad social sobre el 40 % de sus ingresos mensuales sin incluir IVA, esto, por supuesto, considerando como base el salario mínimo mensual. A partir de este valor, debe cotizar el 12,5 % por salud y 16 % por pensión.
Las fechas para realizar estos pagos dependen del último dígito de la cédula de quien realice el aporte. Los precios que se deben aportar son: en salud, 145.000; en pensión, $185.600; y en riesgos laborales nivel 1 $6.100. Esto genera un total de $336.700. Es de resaltar que las cooperativas están exoneradas del pago a aporte de salud, por lo que estas entidades le cobran al empelado el porcentaje completo del aporte, que para el año 2023, sigue siendo del 12,5%.
Así mismo, es de tener en cuenta que el pago de riesgos laborales (ARL) es voluntario. Será obligatorio si así lo exige el contratista. “Los aportes para pensión y salud se sacan del IBC es decir del salario básico, trabajo extra, comisiones, bonificaciones habituales y demás remuneraciones, se excluye el subsidio de transporte y el IVA”, explicó, sobre el tema, el experto y autor del artículo “Salud y pensión como contratista”, Andrés Fonseca Berdugo.

El ingreso base de cotización (IBC), es de tener en cuenta, según detallan expertos financieros, no puede ser inferior a un salario mínimo. Así mismo, no se debe pagar parafiscales como independiente o afiliarse a cesantías.
“Espero que este incremento del salario mínimo recupere el poder de compra que se ha perdido en los últimos meses en virtud de la inflación. Recupere el incremento de la productividad promedio de la economía y nos permita, además, hacer saltar la demanda interna en Colombia en sus sectores más vulnerables, de tal manera que no solo podamos corregir una situación de crecimiento del hambre, sino también que se convierta en motor del crecimiento económico”, dijo el presidente Gustavo Petro, acerca del aumento.
A este tema se suma el cálculo que deben hacer los empleadores respecto al dinero que deben darle a sus trabajadores domésticos. Según el Ministerio del Trabajo, hay unas 634.000 personas dedicadas a esta labor.
El salario mínimo, según quedó establecido, pasó de un millón de pesos del año 2022 a $1.160.000. Esto, sumado al auxilio de transporte que se fijó en $140.606. Es decir, la cifra final quedó en $1.300.606. Es de tener en cuenta, además, que para este 2023 el horario máximo legal de trabajo son 47 horas a la semana, esto en lo que respecta a contratos de tiempo completo.
Esto, en otros cálculos, significa que el salario mínimo, calculado por día a laborado, corresponde a un pago mínimo de $38.666. Esto más el auxilio de transporte que, calculado para el mismo periodo de tiempo, corresponde a $4.686. Es decir, el salario mínimo que obtiene una persona por un día de trabajo es de $43.325.
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