
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador emitió este viernes un fallo en el que habilita que el presidente en ejercicio pueda competir por la reelección inmediata, con lo que Nayib Bukele podría buscar un segundo período en 2024.
En el fallo, los magistrados ordenan al Tribunal Supremo Electoral (TSE) permitir “que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”.
Los jueces, nombrados el 1 de mayo pasado después de que el Congreso dominado por el oficialismo cesara a los magistrados constitucionalistas en una proceso ampliamente criticado, revirtieron así un fallo de 2014 que prohibía la reelección presidencial en los siguientes 10 años tras dejar el cargo.

La Constitución salvadoreña señala que no puede ser candidato a la Presidencia quien haya ejercido el cargo “por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior”.
Los jueces sostuvieron que la interpretación de 2014 es “errónea” y apuntaron que, a su juicio, la Constitución permite que un ciudadano puede ser presidente por un máximo de 10 años.
“Es el mismo artículo 152 ordinal 1 quien permite como máximo que una persona ejerza la Presidencia por 10 años y de hecho, el Constituyente de 1983 obliga a que esos 10 años se ejerzan, si el pueblo así lo decide, de forma consecutiva”, reza la sentencia.

Agrega: “Ilegítimo sería promover la continuidad del presidente o una reelección más allá de los 10 años, es decir, más allá de dos períodos”.
Los magistrados también señalan una salvedad en la habilitación a la reelección inmediata y señalan que “ha de requerirse al presidente que se haya postulado como candidato presidencial para un segundo período, deba solicitar una licencia durante los seis meses previos” al inicio del siguiente período.
Es decir, si Bukele se inscribe para buscar la presidencia en 2024, debe pedir licencia en diciembre de 2023 para respetar la “prohibición de prevalerse del cargo para realizar propaganda electoral”.
Este cambio de criterio de los jueces es parte de un fallo que trata sobre una solicitud de retirar los derechos ciudadanos a una salvadoreña que promovía la reelección de Bukele.

La Sala anterior admitió la demanda bajo el criterio de que el artículo 75 de la Constitución señala que “pierden los derechos de ciudadano” quienes apoyen la “reelección o la continuación del presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin”.
Los magistrados, cuya legitimidad cuestionan organizaciones sociales y la oposición por la forma en la que fueron elegidos, apuntaron que dicho artículo se refiere a los ciudadanos que apoyen una reelección presidencial más allá de dos periodos consecutivos.
Entre los magistrados se encuentra un ex asesor del Ejecutivo de Bukele, un abogado del actual director de la Policía y un ex omisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública, que fue elegido por Bukele en un proceso cuestionado.
El mandatario, de 40 años de edad, ganó las elecciones presidenciales de 2019 en primera vuelta y con una amplía ventaja.

Además, su popularidad impulsó al partido Nuevas Ideas (NI), dirigido por uno de sus primos, a conseguir 56 de los 84 diputados del Congreso.
Bukele no se ha pronunciado en redes sociales, pero algunos de sus funcionarios y diputados de NI aplaudieron el fallo y alentaron su reelección.
El mandatario dijo el 1 de junio pasado, cuando cumplió 2 años de gobernar, que no permitirá que el país retroceda al sistema que “nos hundió en la delincuencia, en la corrupción, en la desigualdad y en la pobreza” mientras que “Dios me dé fuerzas”.
(Con información de EFE)
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