Roma, 22 may (EFE).- El Tribunal Constitucional de Italia señaló este jueves que "no existen obstáculos constitucionales" para ampliar el acceso a la fecundación asistida de mujeres solas, aunque deja en manos del legislador la decisión de ampliar la ley.
La normativa italiana actual, del 2004, permite las técnicas de reproducción asistida solo a "parejas mayores de edad heterosexuales, matrimonios o convivientes" con problemas de esterilidad o infertilidad.
Esta ley hace que una mujer sola, por ejemplo, no pueda acceder en Italia a la inseminación heteróloga, un procedimiento de reproducción asistida en el que se usa esperma de un donante.
La sentencia de este jueves señala que la norma actual "no excede los límites de la manifiesta irrazonabilidad" y confía la regularización de dichas prácticas "a la discreción del regulador", es decir el Parlamento.
Pese a eso, el Constitucional consideró que el actual marco normativo "encuentra justificación" en el principio protección de los intereses de los futuros bebés y añadió que es precisamente en defensa de los derechos de los niños que el legislador no avala "un proyecto de parentalidad que conduce a la concepción de un hijo en un contexto que, al menos a priori, excluye la figura del padre".
"Excluir a la mujer sola del acceso a la reproducción asistida sigue encontrando justificación en el principio de precaución para proteger a los futuros nacidos", se lee en la comunicación del Constitucional.
No obstante, los jueces reiteran que "no existen obstáculos constitucionales" para una eventual extensión del acceso a la reproducción asistida "a núcleos familiares distintos de los actualmente contemplados, y en específico, a la familia monoparental".
Además, este jueves la máxima corte avaló el derecho de una madre no biológica a reconocer como propio a un hijo nacido en Italia mediante tratamientos de reproducción asistida realizados legalmente en el extranjero, lo que ha sido calificado de victoria histórica por los grupos en defensa de los derechos LGTB. EFE
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