El pasado martes 14 de abril se instaló la mesa negociadora para, valga la redundancia, empezar la negociación colectiva entre el Estado y los gremios de trabajadores públicos, con miras a firmar el convenio colectivo de 2026-2027, el que busca dar mayores beneficios laborales a los empleados del Estado.
Si bien hay aumentos y beneficios que han sido aprobados a través del Congreso (como la reciente aprobación del pago de gratificación y CTS para los trabajadores CAS), es por medio de este mecanismo que se pactan las mejoras salariales y otras no económicas para el sector público.
Así, desde los gremios, se plantean 26 medidas económicas en favor de los trabajadores de diferentes regímenes laborales, entre las que destaca el aumento de S/700 para todos, un alza de pensiones a S/1.500 y la definición del sueldo mínimo para los estatales en S/3.500.
Aumento, bono, pensión y sueldo mínimo
Hay dos grandes medidas con las que abre el nuevo proyecto de convenio colectivo para el 2027: una es el aumento de S/700 para todos los trabajadores del sector público, bajo todos los regímenes, y la otra es el pedido de instaurar un sueldo mínimo en el Estado.
Como se sabe, los trabajadores públicos no están regidos por un sueldo mínimo, por lo cual los gremios piden que este se defina en un monto de S/3.500, para todos sin excepciones. Además de estos, Infobae Perú lista a continuación los otros pedidos que se hacen que involucran a más de un régimen laboral:
- Aumento de S/700 mensual al sueldo para todos los trabajadores públicos.
- Sueldo mínimo de S/3.500 para todos los trabajadores públicos de todos los regímenes del Estado
- Bono extraordinario para enero de 2027 para todos (monto depende de lo que ganen)
- Reconomiento de pensión digna mínima para los servidores del Estado: El Poder Ejecutivo se compromete a otorgar a todos los trabajadores del Estado, al momento del cese, una pensión no menor a S/1.500.
Aumento de aguinaldo, pago de vacaciones y más
Otras de las medidas plantean mejoras para varios grupos de trabajadores, pero no necesariamente para todos los regímenes. Estas medidas son:
- Para los del 276, 1057 y 29709: aguinaldo igual al monto de una remuneración o ingreso por todos los conceptos que reciba el trabajador, más un 9% de este importe como bonificación extraordinaria
- Para los del 728, 1057 y 29709: Subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio, el cual asciende a S/1.500 por el concepto del fallecimiento y S/1.500 por el concepto de los gastos de sepelio
- Para los 276, 1057 y 29709: Pago de vacaciones no gozadas, incluyendo una indemnización adicional igual al monto del ingreso total de un trabajador por todo concepto
- Para los 276, 728, 1057 y 29709: Pago de asignación por años de servicio, al cumplir 25 años de servicio, se entrega el monto equivalente a dos remuneraciones; 30 años, tres; 35 años, cuatro; y 40 años, cinco remuneraciones
- Para los 276, 1057 y 29709: Dar CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) equivalente al 100% de los ingresos totales
- Incremento de la bonificación por escolaridad: Las partes acuerdan en incrementarla bonificación de escolaridad, que se otorga en el mes de enero de cada año, a S/1.000. La presenta cláusula es de aplicación para las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
- Bono de 20% de los ingresos totales por zonas de frontera y menor desarrollo para DL 276, 1057, 728, 29709 y regímenes especiales.
Beneficios digiridos a cada régimen
De igual manera, se piden estas medidas económicas dirigidas a un solo régimen.
Para el DL 728
- Asignación familiar del 10% del sueldo mínimo vigente
- Pago de Compensación por Tiempo de Servicios a trabadores por los periodos entre mayo de 2014 y octubre de 2015.
Para el DL 276
- Incremento del incentivo CAFAE e incorporación al MUC (Monto Único Consolidado). Para auxiliares, S/ 4.300; técnicos, S/ 4.600; profesionales, S/ 5.300; y funcionarios de carrera, S/ 6.300
- Homologación del incentivo único CAFAE con compromiso del gobierno a ejecutar la Ley y permitir presupuesto a las entidades del Estado
- Asignación familiar remunerativa por un monto equivalente al 10% del Monto Único Consolidado (MUC)
- Incorporar nuevos conceptos en la Bonificación Extraordinaria Transitoria (BET - Variable), que incluye alimentación, vestuario y movilidad que fueron percibidos de manera continua o discontinua durante los años 2020 al 2025
- Nombramiento de trabajadores contratados que se encuentren al alcance del DL 1153, para incorporar en el Proyecto de Ley de Presupuesto de 2027
- Nombramiento de trabajadores, con solo estar registrado en el AIRHSP, y respetando el nivel remunerativo alcanzado cuando se concursó.
Para el DL 1057, los CAS
- Bono de escolaridad de S/1.000
- Considerar como indefinidos a los CAS con más de un año trabajando en funciones de naturaleza permanente
- Incremento adicional para los trabajadores del Decreto Legislativo 1057 que ganen menos de S/2.500. El gobierno conviene con la representación sindical que, a partir del 1 de enero de 2027, se dará un incremento adicional de S/500 (sobre los S/700 ya pedidos en la primera cláusula), para el personal del D. L. 1057, que gana menos de S/2.500
- Nivelación de remuneración asegurable. Se busca establecer nivelación progresiva de la remuneración para los CAS, igualándola a las nuevas escalas aprobadas para cada entidad
- Incorporación del personal al decreto legislativo 728. Se acuerda incorporar a los trabajadores CAS al régimen 728 mediante concurso interno de méritos
- Nombramiento de de trabajadores CAS al DL 276, mediante concurso interno de méritos. Se acuerda que se impulse este proceso
- Nombramiento del 100% de trabajadores CAS en el marco de la Ley 32059.