Proponen que candidatos con deuda ante la Sunat no puedan postular a las elecciones

La propuesta que Guido Bellido presenta recala el caso de deudas tributarias vinculado a Rafael López Aliaga

El proyecto de Guido Bellido menciona directamente a López Aliaga por la supuesta deuda con la Sunat. Si se aprueba su propuesta, elecciones futuras limitarían la posibilidad de postular. - Crédito Difusión

Solo entre el viernes 20 y lunes 23 de febrero, el congresista Guido Bellido (ahora en Podemos Perú) ha presentado 50 proyectos de ley. Uno de estos hace directamente mención a uno de los candidatos a la presidencia de la República: Rafael López Aliaga.

Su propuesta, si bien no aplicará a estas elecciones 2026, sí podría cambiar las próximas, dado que busca que los candidatos con deuda ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria no puedan postular a cargos de elección popular.

El texto que sustenta su propuesta menciona directamente el caso del actual candidato Rafael López Aliaga: según información difundida por el diario La República, en la hoja de vida de Rafael López Aliaga figuran siete empresas en situación de ‘baja de oficio’ ante la Sunat, las cuales tendrían graves incumplimientos tributarios, por hasta casi S/13 millones.

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Guido Bellido presentó 50 proyectos de ley en dos días. Uno de estos busca que los deudores a la Sunat no puedan postular. - Crédito Congreso

Deudas tributarias limitarían candidatos

“La presente ley tiene por objeto fortalecer la idoneidad, probidad y responsabilidad fiscal de quienes postulan a cargos de elección popular, estableciendo como requisito indispensable para la inscripción de candidaturas el no mantener deudas tributarias exigibles y coactivas con el Estado, a fin de garantizar el respeto al principio de solidaridad fiscal y la correcta administración de los recursos públicos”, señala la propuesta de Bellido.

Lo que plante esta iniciativa legislativa es cambiar el texto del Constitución Política del Perú, exactamente los artículos 90°, 110° y 124°, que hablan sobre los requisitos para postular a elecciones. Por ejemplo, plantea que el texto de requisitos para postular a la presidenncia cambie así:

"El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación. Para ser elegido Presidente de la República se requiere ser peruano por nacimiento, tener más de treinta y cinco (35) años de edad al momento de la postulación, gozar del derecho de sufragio, estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y no mantener deudas tributarias exigibles ni en cobranza coactiva con la Sunat u otra administración tributaria".

Si un ciudadano tiene deudas ante la Sunat, no podría postular, según la iniciativa. - Crédito Difusión

Asimismo, el mismo requisito se aplicaría para los que postulen a diputados, senadores, alcaldes y hasta para los ministros de Estado.

“El Jurado Nacional de Elecciones verifica el cumplimiento del requisito de no adeudo tributario exigible mediante la información proporcionada por la Sunat y las administraciones tributarias regionales y municipales, conforme a los mecanismos de interoperabilidad que se establezcan”, agrega el texto. Este, de aprobar, estaría vigente a partir del siguiente proceso electoral general, regional o municipal.

La justificación

Para Bellido, la situación de que hayan postulantes con deudas tributarias “resulta particularmente preocupante, pues quienes no cumplen con sus obligaciones fiscales frente al Estado pretenden asumir funciones públicas desde las cuales se adoptan decisiones trascendentales que afectan directamente al erario nacional”.

El caso de Rafael López Aliaga es mencionado en el proyecto de ley. - Crédito Facebook Rafael López Aliaga

“Tal situación vulnera el principio de ejemplaridad que debe regir el ejercicio de la función pública y transmite a la ciudadanía un mensaje negativo. al normalizar el incumplimiento tributario, debilitar la cultura fiscal y erosionar la autoridad moral del Estado para exigir el pago de tributos y sancionar la evasión o morosidad fiscal”, acota Bellido.

Así, detalla que considera que medida no constituye una sanción ni una restricción arbitraria del derecho a la participación política, sino una exigencia objetiva, verificable y directamente vinculada al interés público, orientada a fortalecer la idoneidad ética y la responsabilidad fiscal de quienes aspiran a ejercer funciones de representación y gobierno.

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