
El Gobierno ha anunciado una nueva medida que exonera del IGV (Impuesto General a las Ventas) la importación y venta de libros electrónicos. Este cambio legislativo tiene como objetivo fomentar la lectura y el acceso a la cultura digital en el país, y, así, eliminar las barreras económicas asociadas al alto costo de los libros.
La exoneración del IGV a los libros electrónicos se suma a una serie de políticas culturales y educativas destinadas a aumentar los índices de lectura y educación en la nación. Al reducir el precio final de estos productos, se espera no solo incrementar su consumo entre la población sino también promover la industria editorial digital. Este esfuerzo se enmarca dentro de un contexto más amplio de digitalización y modernización educativa que busca adaptar las herramientas y recursos disponibles a las nuevas tecnologías.
¿Qué implica la exoneración del IGV?
Con la exoneración del IGV a los libros electrónicos, no solo estos productos dejarán de pagar un el 18% que implicaba el producto cuando sean importados de otros países, sino también cuando tengan que ofrecerse en venta al público.
Adicionalmente, la medida contempla incentivos para las editoriales y distribuidoras que apuesten por el formato digital, proporcionando un impulso económico a un sector en constante evolución. Con la eliminación del impuesto al valor agregado en los e-books, se proyecta una reducción significativa en los costos de producción y distribución, lo cual, a su vez, podría traducirse en una mayor variedad de títulos disponibles para los lectores.
Expertos en economía y cultura han sido consultados para evaluar el impacto que esta medida podría tener en el largo plazo, anticipando un incremento en la tasa de lectura y una mejora en los niveles de educación. La accesibilidad a materiales de lectura de calidad es vista como un pilar fundamental para el desarrollo educativo y cultural del país.
La exoneración del IGV a la importación y venta de libros digitales ha sido recibida con entusiasmo por partes del sector educativo y cultural, quienes ven en esta iniciativa una oportunidad para democratizar el acceso al conocimiento y la información. Sin embargo, aún queda por ver cómo se implementará esta medida en la práctica y qué efectos concretos tendrá en el comportamiento de los consumidores y en el mercado editorial.

¿Qué libros electrónicos no pagarán IGV?
Para conocer qué tipo de libros electrónicos, digitales o e-books, ahora no pagarán IGV basta con, como señala la norma, revisar lo previsto en los numerales 27 y 28 del glosario de términos de la Ley Nº 31053.
Así, la medidada para que los libros no paguen IGV supone incluir las reproducciones que integren las siguiente definiciones:
- Toda obra unitaria, no periódica, publicada en uno o más volúmenes, tomos o fascículos, a través de la cual se transmiten creaciones, opiniones, experiencias y/o conocimientos literarios, artísticos y/o científicos. Es el objeto de la actividad editorial, tanto en su formato impreso como en su formato digital (libros en edición electrónica), o en formatos de audio o audiovisuales (libros hablados en casetes, discos compactos u otros soportes), o en código táctil o escritura en relieve (sistema braille); comprende todas las formas de libre expresión creativa, educativa o de difusión literaria, artística, científica, cultural y turística.
- También se debe considerar como libro electrónico/libro digital/e-book a toda obra reproducida, distribuida o puesta a disposición por medios electrónicos o digitales a través de internet u otras vías informáticas, así como a través de todo soporte en material o tecnología conocida o por conocerse. Tiene el mismo régimen de protección que el libro impreso y/o los productos editoriales afines.
Es decir, toda obra, ya sea ensayo, libro educativo, novela y más, que estén en el formato digital serán pasibles de esta medida.
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