
Atención a todos los conductores y es que este 30 de agosto se conoció que podrás pagar tus papeles y obtener un gran descuento de hasta el 83% para que regularices tu situación ante la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutrán).
Según lo señalado por la entidad, este beneficio se otorga de acuerdo a las siguientes condiciones:
– A partir del día siguiente de la fecha de imposición, el administrado puede acceder a un descuento de hasta un 83% por un período de cinco días hábiles.
– A partir del sexto día hasta el último día hábil previo a la notificación de la resolución de sanción, el administrado podrá contar con un descuento del 67%.
¿Quiénes no pueden acceder al 83% de descuento?
Dichos beneficios no se aplican a las siguientes multas:
I) Las personas que han manejado cualquier vehículo y presentan alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal y que haya participado en un accidente de tránsito, el mismo que está tipificada con el código de infracción M01.

Tampoco están consideradas en el beneficio las siguientes multas:
I) No respetar el límite máximo o mínimo de velocidad establecido, conducta tipificada con el código M20.
II) Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional, conducta tipificada con el código M03;
III) Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir, conducta tipificada con el código M04; además de otras faltas consideradas como Muy Graves en el Reglamento Nacional de Tránsito.
II) Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, conducta tipificada con el código de infracción M02.

Accidentes de tránsito dejan más de 300 muertos en lo que va del año en Perú
De acuerdo a las estadísticas proporcionadas por la División de Prevención e Investigación de Accidentes de Tránsito (Divpiat), hasta la fecha actual, se han registrado los siguientes números de fallecimientos en diferentes tipos de incidentes viales durante el transcurso del año: 110 por colisiones, 107 por atropellos directos, 44 por atropellos seguidos de fuga del responsable, 19 debido a volcaduras, 8 por colisiones seguidas de huida del conductor responsable, 9 por caídas, 5 por despiste y 1 por un accidente general.
También se indica que los distritos de Lima con una mayor frecuencia de fallecimientos debido a accidentes de tránsito son los siguientes: Lurín, con 26 casos; Comas, con 23 casos; Carabayllo, con 20 casos; Ate Vitarte, con 18 casos; Villa el Salvador, con 17 casos; Surco, con 16 casos; Los Olivos y San Juan de Lurigancho, ambos con 14 casos; Cercado de Lima, con 13 casos; San Martín de Porres, con 12 casos; El Agustino, con 11 casos; y Chorrillos y Puente Piedra, ambos con 10 casos.

En tanto, las vías con más casos fatales son, la Panamericana Norte y Sur; así como las avenidas Túpac Amaru y Universitaria.
De acuerdo al Reglamento Nacional de Tránsito, se establece que en las calles y jirones de áreas urbanas, la velocidad máxima permitida es de 30 kilómetros por hora, lo que supone una reducción de 10 km/h en comparación con la normativa previa.
Esta misma reducción también se aplica a las avenidas en zonas urbanas, donde la velocidad máxima permitida es de 50 kilómetros por hora. En las áreas comerciales, se mantiene una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora, mientras que en las zonas residenciales, la velocidad máxima permitida es de 50 kilómetros por hora.
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