
A días de que entre en vigencia la obligación de incluir el número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y razón social en ventas y publicidad a través de redes sociales, la congresista de Avanza País, Adriana Tudela, presentó un proyecto de ley para dejar sin efecto esta disposición.
Según Tudela, su proyecto de ley busca “restablecer el correcto funcionamiento de la publicidad digital” al alterar la modificación al artículo 3 del Ley de Registro Único de Contribuyentes que se dispuso a través del Decreto Legislativo 1524, publicado el 18 de febrero de 2022 por el expresidente Pedro Castillo, el expremier Aníbal Torres y el exministro Oscar Graham (Economía y Finanzas).
En concreto, la legisladora pretende que la redacción del referido artículo vuelva al texto original de la norma promulgada en diciembre de 2023, hace cerca de 20 años. Ello con el fin de que los vendedores o promotores no estén en la obligación de informar a sus clientes o seguidores sobre el origen de los productos que ofrecen.

Para Adriana Tudela, la modificación que se hizo en el régimen de Castillo al mencionado artículo “no tienen como finalidad la realización de actos o procedimientos ante la SUNAT, desnaturalizando su finalidad”.
Ante ello, afirma que su iniciativa tiene como objetivo “proteger la libertad de los emprendimientos digitales para ofertar sus productos y servicios conforme a las estrategias y metodologías de marketing internacionales y al amparo de su derecho sobre su propiedad y reputación marcarla, de conformidad con la normativa nacional, comunitaria andina y convencional mercantil”.

Tudela: Incluir RUC “escapa de la esfera de la libertad de empresa”
Según la exposición de motivos del proyecto, la obligación de incorporar el RUC y la razón social en productos y publicidades “escapa de la esfera de la libertad de empresa, limitándola sin intermediar ponderación de derechos constitucionales”.
“Se vulnera un derecho constitucional sin justificación. Los derechos de los consumidores, así como los derechos a la salud y el bienestar general de la sociedad no se ven socavados por la ausencia de estos datos dentro de la publicidad. Lo contrario implicaría aceptar que, durante toda la historia del marco regulatorio publicitario, se habría estado vulnerando derechos de alcance constitucional”, sostiene Adriana Tudela.

La legisladora de Avanza País invoca al Congreso “en atribución y deber de cumplimiento de sus funciones” a corregir “este error del Poder Ejecutivo, retrotrayendo la norma al texto previo”.
Todas las disposiciones del Decreto Legislativo 1524 entrarán en vigencia este sábado 1 de julio de 2023, en menos de una semana.
Influencers serían multados si no incluyen RUC en publicaciones
Desde el 01 de julio del presente año, todos los influencers —así como toda persona que ofrezca un servicio o producto vía Instagran, Youtube, TikTok, FaceBook o cualquier otra red social— deberán consignar el número RUC y razón social en sus publicaciones. Caso contrario, serían multados por no cumplir con la ley.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) puede aplicar multas que podrían llegar hasta el 30% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, 1,485 soles.
Las sanciones pueden varias dependiendo del régimen al que se encuentran los usuarios: quienes se encuentren en el régimen tributario mype —y los que generen renta de tercera categoría— se les aplicará la multa más alta.
En tanto, las personas naturales bajo el régimen especial de renta recibirían una multa de hasta el 15% de una UIT en caso violen la normativa.
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