
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó un decreto mediante el cual se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 03-94-68 hectáreas (equivalentes a 3.9468 hectáreas) del ejido “Tomás Aznar Barbachano”, ubicado en el municipio de Calakmul, estado de Campeche, a favor de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V. El documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El terreno se destinará a obras del Tren Maya
De acuerdo con el decreto, la superficie expropiada corresponde a terrenos de agostadero de uso común y será utilizada para la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, la operación del Proyecto Tren Maya y sus obras complementarias, específicamente en el Tramo 7 Chetumal-Escárcega.
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El decreto fue firmado también por el secretario de la Defensa Nacional, Ricardo Trevilla Trejo, y la secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Edna Elena Vega Rangel, con fecha del 7 de agosto de 2026 en la Ciudad de México.

La indemnización asciende a casi 495 mil pesos
Según el documento oficial, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) determinó, con base en el valor comercial de la superficie, que el monto de la indemnización asciende a $494 mil 534.04 pesos. Este pago corre a cargo de Tren Maya, S.A. de C.V., con cargo a su presupuesto autorizado, sin que se autoricen ampliaciones adicionales.
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- Superficie expropiada: 3.9468 hectáreas de uso común
- Ejido afectado: Tomás Aznar Barbachano, Calakmul, Campeche
- Beneficiario: Tren Maya, S.A. de C.V.
- Indemnización: $494 mil 534.04 pesos

El proceso data de 2024
El decreto detalla que FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V. y Tren Maya, S.A. de C.V. solicitaron formalmente la expropiación desde mayo de 2024. En su momento se pidió una superficie de 3.87 hectáreas, cifra que se ajustó posteriormente a 3.95 hectáreas y, tras los trabajos técnicos de campo, se fijó de manera definitiva en 3.9468 hectáreas.
El documento señala que al comisariado ejidal se le notificó el procedimiento el 9 de octubre de 2025, otorgándosele un plazo de 10 días hábiles para manifestar lo que a su interés conviniera, plazo en el que no presentó observaciones.
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Justificación: utilidad pública
El decreto argumenta que el Tren Maya representa uno de los proyectos de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo más relevantes del país, al facilitar tanto el transporte de pasajeros como el de carga en la península. Además, plantea que el proyecto operará como un corredor humanitario para la entrega de apoyos alimentarios y médicos a comunidades indígenas y afromexicanas del sureste.
El texto también prevé que, si los terrenos expropiados no se destinan al fin señalado o si transcurren cinco años sin cumplirse la causa de utilidad pública, el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal podrá iniciar acciones para reclamar la reversión parcial o total de los bienes.
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