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¿Multa o arresto? El problema legal de Ricardo Manjarrez por exhibir al hijo de Luis Miguel

El conductor de Ventaneando habría sido notificado sobre una orden de restricción que le impide acercarse o contactar a Miguel Gallego Arámbula

¿Multa o arresto? El problema legal de Ricardo Manjarrez por exhibir al hijo de Luis Miguel
(Ventaneando/RS)
¿Multa o arresto? El problema legal de Ricardo Manjarrez por exhibir al hijo de Luis Miguel (Ventaneando/RS)
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El conductor Ricardo Manjarrez, integrante de Ventaneando, habría sido notificado a finales de julio de este 2026 sobre una presunta orden de restricción que le impide acercarse o contactar a Miguel Gallego Arámbula, hijo de Luis Miguel y Aracely Arámbula, luego de que el programa difundiera imágenes del joven en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México el pasado 9 de marzo de 2026, de acuerdo al periodista.

La medida, con duración inicial de 60 días, prohíbe cualquier acto de molestia, intimidación o publicación de material relacionado con el joven, según información divulgada por el periodista Javier Ceriani en su canal de YouTube.

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La orden de restricción fue emitida como medida de protección según lo establecido por el Código Nacional de Procedimientos Penales y requiere cumplimiento inmediato bajo vigilancia de la Secretaría Municipal Ciudadana y Tránsito de Benito Juárez. El incumplimiento podría derivar en arresto y cargos adicionales para el comunicador.

Miguel Gallego Arámbula vs Ventaneando: una medida de protección con mandato judicial urgente

En México, una orden de restricción se conoce como medida de protección. Es un recurso legal que un juez o el Ministerio Público puede dictar para salvaguardar la integridad física y psicológica de una persona que denuncia acoso, amenazas o violencia.

Esta medida tiene carácter urgente y provisional, con duración general de hasta 60 días naturales y posibilidad de prórroga mientras se investiga el hecho denunciado.

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La Fiscalía General de Justicia de la CDMX detalla que la medida prohíbe al señalado acercarse a la víctima, su domicilio, trabajo o lugares que frecuente; así como realizar llamadas, enviar mensajes, contactar por redes sociales o a través de terceros. También impide cualquier acto de intimidación o molestia y el ingreso a residencias compartidas en caso de convivencia previa.

Miguel Gallego Arámbula vs Ventaneando: una medida de protección con mandato judicial urgente 

(Foto: Infobae México/ Jovani Pérez)
Miguel Gallego Arámbula vs Ventaneando: una medida de protección con mandato judicial urgente (Foto: Infobae México/ Jovani Pérez)

Obligaciones y prohibiciones para la persona sujeta a la orden

Al recibir una orden de restricción, la persona adquiere obligaciones estrictas: no puede acercarse a la víctima, ni comunicarse por ningún medio. Está impedida de transitar por zonas donde la persona protegida pueda estar presente y de realizar cualquier acto de intimidación, acoso o agresión.

La legislación permite que la persona sujeta a la medida reciba asesoría jurídica y acuda a las audiencias para argumentar su posición o presentar pruebas si considera injusta la restricción. El objetivo es garantizar el derecho de defensa sin poner en riesgo la integridad de la persona protegida.

Consecuencias legales por incumplimiento

Romper una medida de protección constituye un delito inmediato. Según el Senado de la República, el quebrantamiento de una orden judicial puede derivar en arresto en flagrancia, integración de nuevos cargos penales y la imposición de sanciones económicas o privativas de libertad. El juez puede ordenar prisión preventiva o justificar la detención según la gravedad del caso.

La autoridad tiene la facultad de intervenir de inmediato ante cualquier reporte de incumplimiento. Además, la víctima recibe resguardo policial y auxilio en su domicilio o donde se encuentre, como indica el documento presentado por Ceriani.

Difusión de imágenes: contexto y reacción en el medio

El pasado 9 de marzo de 2026, Ventaneando difundió las primeras imágenes actuales de Miguel Gallego Arámbula tras casi veinte años de anonimato visual. El material fue captado en un área pública del aeropuerto y, según Ricardo Manjarrez, la decisión editorial fue difuminar el rostro de Daniel Gallego Arámbula, el hermano menor, por tratarse de un menor de edad.

“El joven ya tiene diecinueve años. Estaban en un lugar público. No traspasamos ningún lugar privado, ningún recinto”, explicó Manjarrez durante la transmisión, citado por Ventaneando. La protección legal solo aplica a menores, por lo que la imagen de Miguel se difundió sin restricción.

Difusión de imágenes: contexto y reacción en el medio
Difusión de imágenes: contexto y reacción en el medio

La publicación provocó debate sobre el derecho a la privacidad y la responsabilidad de los medios. Inés Moreno recordó que Aracely Arámbula siempre buscó mantener a sus hijos fuera de la exposición mediática. Omar Suárez, productor teatral, señaló que la familia sigue protocolos estrictos para proteger la identidad de los jóvenes, incluso durante la participación de la actriz en la obra Perfume de Gardenia.

Hasta el momento, la información pública se limita a la existencia de una medida de protección contra Ricardo Manjarrez. Versiones sobre una posible demanda civil contra el programa permanecen sin confirmación oficial. La ausencia de Manjarrez en la emisión posterior y el silencio del equipo avivaron especulaciones en redes sociales, aunque no existe evidencia de una acción jurídica en curso.

La normativa mexicana establece que la difusión de imágenes de personas mayores de edad es legal si se capta en un espacio público y no se vulnera la dignidad o integridad del individuo. La restricción legal y la protección especial solo aplican a menores de edad, cuyo rostro debe ocultarse en todo material difundido.

El caso subraya los límites entre el derecho a la privacidad y el interés público cuando los hijos de figuras públicas alcanzan la mayoría de edad y deja en evidencia la función de las medidas cautelares en la protección de derechos individuales en México.

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