
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que los jueces y juezas en todo el país deberán analizar de manera obligatoria los casos de desaparición forzada de mujeres defensoras de derechos humanos con perspectiva de género y enfoque interseccional.
Esta decisión, anunciada este 9 de febrero mediante un comunicado y a través de su cuenta oficial de Twitter, fija dichos criterios como indispensables en la resolución de la desaparición forzada con las mencionadas características.
De acuerdo con la SCJN, la obligación judicial implica reconocer el doble riesgo que enfrentan las víctimas: tanto por su género como por su labor de defensoras. El análisis debe considerar la posible agravación de la violencia y los contextos particulares que atraviesan cada caso.
Juzgar la desaparición forzada de mujeres activistas con interseccionalidad es una obligación

La SCJN resaltó que la clandestinidad que caracteriza a la desaparición forzada exige un escrutinio judicial especializado. Se destacó la importancia de valorar el contexto y la prueba circunstancial en aquellos casos donde no sea posible contar con pruebas directas. La SCJN afirmó: “Juzgar estos casos con perspectiva de género e interseccionalidad es una obligación, no una opción”.
El comunicado oficial remarca que la desaparición forzada es una violación grave de derechos humanos, vinculada a la ocultación de información, el abuso de poder y la persistencia de sus efectos en el tiempo. Por ello, la intervención judicial debe ser integral y atender el perfil de la víctima, su rol como defensora y los posibles móviles asociados a su labor.
Estos lineamientos, considera la SCJN, no modifican la carga de la prueba ni afectan la presunción de inocencia. El Ministerio Público conserva su deber de acreditar el delito.
El nuevo criterio refuerza el análisis judicial brindando mayores elementos para que las decisiones sean integrales y equitativas. Enfatiza que juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad es una obligación constitucional y convencional, no una simple facultad discrecional.
Caso que motivó el fallo de la Suprema Corte

El pronunciamiento deriva de un caso concreto: la Suprema Corte revocó la sentencia previa que había concedido el amparo a una persona acusada de desaparición forzada de una mujer defensora en Oaxaca.
Según la SCJN, el tribunal colegiado responsable no analizó la gravedad ni la complejidad del delito, ni tomó en cuenta la condición de la víctima o la validez de la prueba circunstancial.
Tras la resolución, el caso se devolvió al tribunal colegiado para que emita un nuevo fallo que aplique los estándares constitucionales y convencionales orientados a reforzar la protección de las víctimas, conforme al comunicado emitido por la Corte.
Decisiones de la Suprema Corte en materia de identidad de menores en proceso de adopción

Durante las últimas semanas, la Suprema Corte ha fijado otros criterios en materia de derechos humanos.
Entre ellos destaca la autorización de actas de nacimiento provisionales para menores en proceso de adopción, la aclaración de que sobrepasar el límite legal en la posesión de cannabis no constituye delito de forma automática, la validación de trámites notariales para actas de nacimiento de menores nacidos por gestación subrogada y el establecimiento de competencias estatales sobre espectáculos con animales en Tepic, Nayarit.
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