
Clara Brugada Molina, jefa de Gobierno de la Ciudad de México, informó sobre nuevas acciones que su administración aplicará para regular el tránsito de vehículos que transportan materiales y sustancias peligrosas, lo anterior tras la explosión de una pipa en el Puente de la Concordia, en Iztapalapa.
Durante una conferencia de prensa, la mandataria capitalina anunció un total de 13 medidas que buscan garantizar que el transporte de materiales peligrosos se realice bajo condiciones seguras. Dichas acciones pretenden que las unidades cumplan con normas estrictas de prevención y gestión de riesgos.
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En su mensaje, la mandataria recordó el accidente ocurrido el 10 de septiembre, cuando una pipa volcó y explotó en el distribuidor vial de La Concordia, provocando numerosos heridos. Por su parte, actualizó las cifras e indicó que 13 personas siguen hospitalizadas, 40 han sido dadas de alta y el número de fallecidos asciende a 31.
¿Cuáles serán las medidas para el transporte de sustancias?
Brugada Molina inició su intervención detallando las recientes reformas al Reglamento de Tránsito, así como a otras normativas, cuyo objetivo es fortalecer la seguridad en la movilidad dentro de la Ciudad de México.
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Explicó que dichas modificaciones establecen cinco áreas principales para la regulación de la circulación de vehículos que transportan materiales y sustancias peligrosas. Entre los puntos sobresalientes se incluyen los siguientes aspectos:
- Límites de velocidad más estrictos.
- Rutas prioritarias y carriles específicos.
- Regulación de horarios de tránsito.
- Permisos y requisitos para circular.
- Multas y sanciones efectivas.

En razón de ello, presentó las 13 nuevas disposiciones destinadas a regular el traslado de sustancias peligrosas y asegurar una movilidad más segura en la capital. Destacó que el objetivo es convertir la cooperación social en una herramienta preventiva eficaz, minimizar riesgos y salvaguardar a la población.
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- Reducir a 30 km/h el límite de velocidad a vehículos que transporten sustancias peligrosas, independientemente del límite de la vía.
- En la Ciudad de México no podrán circular vehículos con más de 40 mil litros de carga de materiales tóxicos o hidrocarburos.
- Se prohibirá la circulación por vías secundarias a pipas que transporten más de 10 mil litros de hidrocarburos.
- Los vehículos que transportan más de 20 mil litros de hidrocarburos sólo podrán circular entre las 10:00 y 17:00 horas.
- Se prohibirá la circulación de vehículos que transporten sustancias peligrosas por vías de acceso controlado.
- Se duplicarán las multas por infringir cualquier disposición relacionada con el transporte de materiales peligrosos.
- Se utilizarán radares móviles en los cinco accesos carreteros a la ciudad: México-Pachuca, México-Querétaro, México-Toluca, México-Cuernavaca y México-Puebla, para controlar el exceso de velocidad.
- Se establecerá como requisito para la obtención de la licencia de conducir tipo E12 la constancia del curso de manejo de sustancias peligrosas y de capacitaciones.
- Se propondrá al Gobierno de México que se solicité un dictamen realizado por una unidad verificadora y autorizada por la Secretaría de Energía sobre el cumplimiento de la NOM-007-SESH-2010.
- En materia de control vehicular, los vehículos de traslado de sustancias tóxicas o peligrosas deberán presentar un dictamen autorizado por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).
- Se publicarán términos de referencia específicos para la elaboración de programas internos de protección civil para distribución de gas natural, licuado de petróleo e hidrocarburos.
- Se implementarán puntos de revisión aleatorios para verificar y garantizar que todos los vehículos que transporten sustancias peligrosas, cumplan con la normatividad y disposiciones vigentes.
- Se propondrá un convenio de colaboración con la Secretaría de Energía y ASEA para llevar a cabo operativos conjuntos y revisar que se cumplan las normatividades. En dado caso, se revocarán permisos cuando se trate de incidencias.

Dichas medidas estarán en sintonía con las políticas federales, con el propósito de convertir la solidaridad de la ciudadanía en una herramienta de prevención. Además, se informaron los horarios autorizados para la circulación de vehículos en función de su capacidad de carga.
- Los que transportan menos de 10 mil litros podrán circular de 10:00 a 18:00 horas.
- Los que lleven entre 20 mil y 40 mil litros, únicamente entre las 22:00 y las 05:00 horas.
A modo de conclusión, se indicó que los vehículos que transportan materiales peligrosos deberán transitar siempre por el carril de extrema derecha. Se estableció que, para supervisar el cumplimiento de las normas, se implementarán acciones preventivas como diálogo con empresas, señalización, campañas informativas y operativos en los accesos carreteros.
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