
Tras sufrir un accidente automovilístico, una mujer demandó a su aseguradora por no hacerse responsable y negarse a cubrir el percance.
El argumento de la empresa es que la fémina no había cumplido con las condiciones descritas en el contrato en cuanto a coberturas, exclusiones y restricciones del seguro.
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Sin embargo, estas “condiciones” del contrato que la aseguradora se sacó bajo la manga para lavarse las manos nunca fueron entregadas a su cliente.
El caso llegó a tribunales en septiembre del 2022, sin embargo, fue expuesto en la página oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJNC) hasta mayo del 2023.
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Cabe mencionar que la identidad de la demandante, así como de la aseguradora, fueron reservadas. Esta es la historia.
La aseguradora se lava las manos

De acuerdo con la sentencia del Amparo directo 30/2021, todo comenzó cuando la demandante sufrió un accidente automovilístico y la aseguradora no quiso cubrir el percance.
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Ante la negativa, la mujer presentó una demanda de juicio mercantil por incumplimiento de contrato contra la aseguradora.
La empresa mantuvo su postura y rechazó hacerse responsable argumentando que no había cumplido con las condiciones generales del contrato. Sin embargo, estas condiciones del contrato –que incluyen coberturas, exclusiones y restricciones del seguro– nunca fueron entregadas a la mujer asegurada.
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El argumento de la compañía es que esta información se encuentra en dos páginas de internet que están citadas en un párrafo de la póliza. Ante LA “trampa” de la aseguradora, el juez falló a favor de la demandante.
La empresa de seguros presentó un amparo ante la decisión del juez y el caso llegó ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito.
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Las “trampas” de la aseguradora

Fue así que el tribunal señaló que la aseguradora está obligada a entregar a sus clientes la póliza en la que consten los derechos y obligaciones de las partes, básicamente qué daños no cubre y en qué casos no aplica el seguro.
El tribunal precisó que cuando dicha información no conste en la póliza, sino en un documento anexo, debe de hacerse constar de manera clara y precisa, incluso si aparecen publicadas en una o más páginas de internet.
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Si en la póliza se emplea una redacción que no es clara y precisa sobre si se entregaron o no las condiciones generales del seguro y solo se sugiere consultarlas de forma externa para conocer las coberturas, exclusiones y restricciones, entonces no se cumple con el requisito.
Si bien el tribunal entiende que en los últimos años ha evolucionado la contratación de seguros de vehículos ya no solo es directamente con la aseguradora, sino a través de bancos, agencias automotrices y páginas de internet, esto no significa que puedan saltar su responsabilidad.
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Al no cumplir con lo anteriormente mencionado, el tribunal rechazó el amparo de la aseguradora y falló a favor de la demandada obligando a la empresa a hacerse responsable del vehículo tras el incidente de tránsito como originalmente había sentenciado el juez durante el juicio mercantil.
Tips para contratar un seguro

Es importante contratar un seguro para tu auto ya que –además de ser obligatorio– puede evitarte muchos problemas.
Si bien existen aseguradoras que buscan lavarse las manos cuando se trata de cubrir un incidente –como en el caso expuesto–, hay diferentes formas de saber cuál es la mejor opción.
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La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) actualiza constantemente la lista de los mejores seguros de automóviles basando su información en la calificación de los propios usuarios.
Una de las herramientas indispensables de la Condusef para definir si un seguro es una buena opción es el simulador, donde puedes comparar la prima del seguro, las coberturas, los montos de deducibles que se cobran, así como los servicios adicionales con que se puede contar al contratar la póliza.
Otro aspecto importante que debes tomar en cuenta al cotizar son las exclusiones de los seguros, por lo que se recomienda leerlas detenidamente.
Cabe mencionar que, a grandes rasgos, existen tres tipos de coberturas:
Cobertura Básica: Cubre los daños causados a terceros ya sea en algún bien o directamente a las personas ajenas al vehículo asegurado, de igual forma considera los daños físicos de los ocupantes del vehículo de un tercero, o bien la indemnización en caso de invalidez o fallecimiento, entre otros.
Cobertura Limitada: Además de lo anterior, suelen incluir el pago de indemnización por robo total; así como gastos médicos de los ocupantes del vehículo, a consecuencia de un accidente automovilístico. En algunos casos ofrecen asistencia vial, legal y extensión de la cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros, cuando el asegurado maneje otro vehículo.
Cobertura Amplia: Además de los incluido en la cobertura básica y limitada, cuenta con una amplia gama de servicios como pueden ser: daños materiales, fianza garantizada, cristales, llantas, equipo especial y devolución del deducible, entre otras.
Es importante destacar que las aseguradoras cuentan con coberturas adicionales que se adaptan a las necesidades de cada usuario.
Ante cualquier queja, en el caso de los seguros de automóviles, puedes acudir ante la misma Condusef.
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