
La legislación actual en la Ciudad de México, detallada en el Reglamento de Tránsito, prohíbe que menores de 12 años viajen en motocicletas. Además, cualquier menor incapaz de sujetarse solo no debe abordar estos vehículos. Sin embargo, el Congreso capitalino ha instado a la Secretaría de Movilidad a reconsiderar y posiblemente endurecer las sanciones para quienes incumplan estas normativas.
A raíz de datos proporcionados por la Secretaría de Salud, que informó que durante 2023, mil personas fueron atendidas por traumatismos por accidentes en motocicleta, la legisladora morenista Judith Vanegas Tapia buscar una respuesta firme del gobierno de la ciudad para proteger la seguridad de los niños y adolescentes.
De acuerdo con dichos datos, el 77 por ciento de estas víctimas eran jóvenes de alrededor de 18 años, mientras que un segmento del 18 por ciento correspondía a adolescentes entre 13 y 17 años. Lo alarmante es que un 4 por ciento de los heridos eran menores de 12 años.
“El propio Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México prevé dos supuestos, el primero que los menores de 12 años no pueden transitar en motocicletas; el segundo, que ningún menor de edad, que no sea capaz de sujetarse por sí mismo pueda abordar estos mismos vehículos”, indicó Vanegas.

En sus comentarios, Vanegas enfatizó que las sanciones actuales deberían ser más estrictas, confiando en que la Secretaría de Movilidad presentará estrategias efectivas para abordar esta problemática.
Al respecto, consideró que se deben aplicar sanciones más severas a las establecidas actualmente, y se dijo confiada en que la Secretaría de Movilidad planteará la mejor estrategia para combatir esta situación y velará por la seguridad de la niñez y adolescencia de la capital.
Actualmente la multa por transportar niños y niñas menores de 12 años en motocicleta es de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Tomando en cuenta que el valor de la UMA este 2024 es de 108.57 pesos mexicanos, la multa quedaría entre 1085.7 y 2171.4 pesos mexicanos. Además, se penalizará con 3 puntos. Cabe recordar que al acumular 12 puntos de penalización la licencia queda cancelada.
Fue en abril de este año, además, que el Pleno de la Cámara de Diputados avaló la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que los menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.
Esta reforma se hizo con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad, estableciendo una prohibición directa al traslado de niños menores de 12 años en motocicletas si no cuentan con la capacidad de sujetarse por sí mismos o de apoyar adecuadamente los pies.
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