
Tres meses después de que un juez federal determinara procedente la extradición de José Alfredo Cárdenas Martínez, alias ‘El Contador’, un juez de control en el Estado de México ordenó que el jefe criminal fuera liberado.
‘El Contador’, identificado como uno de los principales líderes del Cártel del Golfo, estaba sujeto a la medida de prisión preventiva como parte del procedimiento de extradición. El pasado 16 de noviembre, el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de México le otorgó una suspensión provisional, con la que se ordenó la realización de una nueva audiencia en la que se revisara la medida cautelar que le había sido impuesta.
En la sesión, que se extendió desde la tarde del 19 de noviembre a la madrugada del día 20, el juez Gregorio Salazar Hernández, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Edomex con residencia en Almoloya de Juárez, determinó que no había elementos para mantener al ‘Contador’ en prisión preventiva justificada.
Según el expediente judicial, Salazar Hernández ordenó que ‘El Contador’ fuera liberado al observar que la Fiscalía General de la República (FGR) “no acreditó las causas que motivaron” la imposición de la prisión preventiva. Es decir, “no refirió los hechos materia de la extradición y no señaló el estatus de alguna investigación del extraditable en territorio nacional”.

En contraste, la defensa legal de Cárdenas Martínez ofreció argumentos para demostrar que no existiría riesgo de sustracción, pues “acreditó que su representado tiene arraigo domiciliario”.
Por tal motivo, el juez resolvió que “es factible dejar sin efecto la prisión preventiva justificada” y ordenó las siguientes medidas cautelares:
- Presentación semanal ante el presidente municipal de Matamoros, Tamaulipas
- Entregar una garantía económica por la cantidad de cinco millones de pesos (que puede ser cubierta en las formas previstas por la ley, como depósito en efectivo, hipoteca, prenda o fianza de institución autorizada) dentro de los cinco días hábiles próximos a su liberación.
- Prohibición para salir del país sin autorización judicial.
- Entrega de cualquier pasaporte, vigente o vencido, y de visas con las que pudiera contar. Los documentos deberán ser presentados en original y tendrá que enviar un oficio a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para evitar la expedición de un nuevo pasaporte.
- Prohibición de acercarse a la Embajada de Estados Unidos y a las víctimas o familiares directos.
- Vigilancia de una autoridad supervisora en las modalidades que resulten procedentes.
- Uso de un brazalete electrónico.
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