
Algunas veces el Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorga saldo a favor de contribuyentes que pagaron más impuestos de los que le corresponden por ley, debido a circunstancias como deducciones autorizadas, retenciones superiores a las que debía pagar o errores en pagos previos.
De acuerdo con la Normatividad 2024, la devolución del saldo a favor debe efectuarse dentro del plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos.
Sin embargo, hay casos en que los contribuyentes no reciben la devolución en el plazo establecido. Si es tu caso, a continuación te contamos qué dice el SAT al respecto.
En primer término, el SAT explica que para poder recibir el saldo a favor es necesario llenar el Formato Electrónico de Devolución. Después de esto es importante estar al pendiente en caso de que la autoridad detecte un error, ya que en ese caso se solicitará que mediante escrito y en un plazo de 10 días se aclaren los datos.

Si no corriges el error en el periodo establecido, el SAT tomará la falta de respuesta como una renuncia a la solicitud de devolución.
Una razón más por la que podrías no recibir el saldo a favor es que tú o el domicilio que registraste se encuentren como no localizados ante el Registro Federal de Contribuyente.
Sin embargo, para tener certeza y conocer el motivo exacto de por qué no te devolvieron el saldo a favor es consultar el estatus de tu solicitud.
La consulta de estatus se realiza en la sección Devoluciones y Compensaciones, en el apartado de Seguimiento de Trámites y Requerimientos. Para ello el sistema solicitará ingresar el RFC, contraseña, e.firma portable y Captcha.

Al ingresar únicamente aparecerá la leyenda “Rechazada”, por lo que para obtener una explicación más amplia es necesario dar click en el apartado “Consultar detalle”, donde también se incluyen instrucciones para resolver el problema.
El link en el que puedes hacer este procedimiento es este: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/93266/seguimiento-de-tramites-y-requerimientos
Cabe recordar que la solicitud de devolución de puede realizar dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se determinó el saldo a favor, en este enlace. Los pasos a seguir son estos:
- Da clic en el botón iniciar.
- Ingresa con e-firma o RFC y contraseña.
- Llena los datos solicitados en el formato electrónico.
- Ingresa los archivos con los documentos del trámite escaneados.
- Firma y envía el trámite con apoyo de tu firma electrónica.
- Guarda o imprime tu acuse de recibo electrónico.
- Da seguimiento a tu devolución en el contenido relacionado “Consulta tu devolución automática”
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