
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este lunes 7 de octubre que seguirá la consulta sobre la reforma al Poder Judicial, pero aclaró que se trata de consultas para que el Pleno determine qué trámite debe darse a las solicitudes, pero sin prejuzgar sobre el fondo de los asuntos.
En la sesión de este lunes, con 8 votos en contra y solo 3 a favor, el Pleno de la Corte rechazó el proyecto de la ministra Yasmin Esquivel con el que intentaba detener la consulta de recursos contra la reforma al Poder Judicial, promulgada por Andrés Manuel López Obrador.
Es preciso recordar que el Pleno ha decidido admitir y procesar las solicitudes presentadas por jueces y magistrados del Poder Judicial de la Federación en relación con la reforma judicial a la Constitución de México, publicada el 15 de septiembre de este año.
La semana pasada, las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel acusaron a sus compañeros del Pleno de intentar un golpe de Estado, y argumentaron que el máximo tribunal no posee facultades para revertir una reforma constitucional ya publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
❗️#AHORA El Pleno de #LaCorte reiteró su criterio respecto al trámite que debe darse a las solicitudes formuladas por integrantes del #PJF para que la @SCJN realice diversas acciones sobre la reforma judicial, sin entrar al fondo del asunto.
— Suprema Corte (@SCJN) October 7, 2024
En breve, más información.
El viernes, en su conferencia mañanera, la presidenta Claudia Sheinbaum consideró que se trata de un “golpe aguado” y calificó la decisión de la Suprema Corte como una provocación. La mandataria federal sostuvo que una vez publicada la reforma, ya no es posible revertirla.
La Corte, resuelta a seguir adelante con las consultas
La SCJN informó este lunes que a partir del análisis de seis consultas a trámite, determinó que las solicitudes deben ser admitidas y turnadas a los ministros correspondientes para su evaluación, informó esta tarde la SCJN.
En las consultas 5/2024, 6/2024 y 7/2024, el Pleno, con una mayoría de ocho votos, decidió que las solicitudes deben seguir el procedimiento habitual, basándose en la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Este artículo otorga al Pleno la facultad de velar por la autonomía e independencia de los órganos judiciales, permitiéndole resolver controversias relacionadas con la interpretación de varios artículos de la Constitución.

La Ministra Presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, tiene la responsabilidad de admitir estas solicitudes y asignarlas a un ministro o ministra de la mayoría para que se elaboren los proyectos correspondientes. Estos proyectos examinarán a fondo las solicitudes y se presentarán ante el Tribunal Pleno para su consideración.
Por otro lado, las consultas 2/2024, 1/2024 y 3/2024, que solicitaban la suspensión del procedimiento legislativo de la reforma constitucional como medida cautelar, fueron consideradas sin materia por la Corte, ya que el Decreto ya fue promulgado. Estas consultas también serán turnadas a un ministro o ministra para la elaboración de los proyectos pertinentes.

La Corte subrayó que las decisiones sobre estas consultas no prejuzgan sobre la validez de los argumentos presentados ni sobre las atribuciones de la Corte al momento de someter la reforma a control constitucional.
Agregó que la Corte aún no ha determinado el alcance de sus acciones en relación con la revisión de posibles vicios formales o materiales de la reforma.
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