
Después de las elecciones del 2 de junio, la titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Luisa María Alcalde Luján, ha participado en varias conferencias mañaneras del presidente para presentar los resultados preliminares en las contiendas federal, estatales y locales, así como las del Congreso de la Unión; acción que fue ampliamente criticada por los partidos de la oposición al considerar que el dar a conocer ese tipo de información no le correspondía a ella sino a las autoridades electorales.
Por ello, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) interpuso una denuncia ante la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que asegura que la secretaria de Gobernación violó el principio de imparcialidad de los servidores públicos al hablar sobre los resultados que favorecían a la fuerza política en que milita, es decir, el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
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Asimismo, recurrieron a otro recurso en el que señalan que la morenista no debió adelantarse a confirmar la mayoría anticipada de su partido tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República, ya que se trata de un tema que todavía no está definido pues la asignación de curules tal como lo planteó ella significa una supuesta sobrerrepresentación de Morena que le quitaría escaños a otros partidos.
Sin embargo, ambos recursos no procedieron y fueron impugnados por el PRI, razón por la que llegaron hasta el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Dichos asuntos fueron discutidos este miércoles 7 de agosto y los magistrados electorales determinaron que la titular de Segob no incurrió en ninguna infracción, como acusaba el partido dirigido por Alejandro ‘Alito’ Moreno Cárdenas.
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¿Por qué Luisa Alcalde no cometió infracciones?
Casi por unanimidad, los integrantes del TEPJF concluyeron que, en el caso de la difusión de los resultados preliminares de los comicios:
“Las manifestaciones de la Secretaria de Gobernación no pueden interpretarse como una infracción en materia electoral, pues la difusión de los resultados preliminares y el ejercicio de asignación que realizó, no tienen el alcance de generar confusión en el electorado, porque al momento en que sucedieron los hechos denunciados, la jornada electoral ya había ocurrido”, es decir, no influyó de ninguna manera en la decisión de los ciudadanos dado que sólo fue un ejercicio informativo.
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Mientras que en el caso de la denuncia por difundir la posible conformación de la Cámara de Diputados y el Senado de la República, los magistrados concluyeron que era infundada debido a que:
“Los hechos denunciados no constituyeron un ejercicio propio de asignación o reparto de curules, sino una manifestación individual que no tuvo efectos jurídicos en relación con el proceso electoral”, lo cual significa que nuevamente se trató de una simple difusión, pues la secretaria de Gobernación no es la autoridad responsable de la asignación las curules ni tampoco influye en la misma.
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Sin embargo, este ejercicio informativo de la secretaria de Gobernación sigue siendo controversial y motivo de quejas. Y es que apenas esta semana la diputada del Partido Acción Nacional (PAN), María Elena Pérez-Jaén, presentó tres denuncias contra Luisa Alcalde ante el INE, la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (Fidel) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), por sus explicaciones en la conferencia sobre la presunta sobrerrepresentación de Morena en el Congreso de la Unión.
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