
En los últimos días se han suscitado dos casos en la alcaldía Cuauhtémoc de la Ciudad de México, referentes al cierre de establecimientos por supuesta venta de alcohol a menores de edad. El bar “El Perro Salado” que fue desalojado la tarde del 14 de junio y el pasado 7 con el evento llamado “VocaFest” organizado por estudiantes de diversas escuelas Vocacionales, del Instituto Politécnico Nacional (IPN).
Ambos incidentes comparten la similitud sobre el problema en la gestión y supervisión de eventos y establecimientos que venden alcohol. Sumado a esto, se encuentra la cuestión del sobrecupo de personas en este tipo de lugares.
Por un lado, en el bar ubicado en la colonia Tránsito se tuvieron que desalojar a al menos 500 personas, mientras que en el evento llevado a cabo sobre la calle de Madero fueron alrededor de 3 y 4 mil jóvenes. Por si fuera poco, en los dos locales se reportaron la intoxicación etílica de varios jóvenes.
Sanciones por venta del alcohol a menores de edad
La venta de alcohol a menores de edad en Ciudad de México está regulada estrictamente por la legislación local debido a las graves consecuencias sociales y de salud pública que esta práctica conlleva. Diversas sanciones se aplican a los establecimientos y personas que incurren en esta infracción, las cuales varían en severidad dependiendo del tipo y la recurrencia de la falta.
En primer lugar, la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México establece multas económicas significativas para aquellos negocios que vendan alcohol a menores. Estas sanciones pueden oscilar entre 300 y 700 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (UC) vigente al momento de la infracción.
La ley también contempla sanciones adicionales, tales como la suspensión temporal del negocio. En casos repetidos o graves, la autoridad puede llegar a clausurar definitivamente el establecimiento.

Además de las sanciones económicas, la legislación contempla otras medidas punitivas. Los propietarios, administradores o encargados del establecimiento pueden enfrentar responsabilidades penales. La Ley General de Salud, en su artículo 467, especifica que al que induzca o propicie que menores de edad substancias que produzcan efectos psicotrópicos, se le aplicará de siete a quince años de prisión.
Asimismo, es importante mencionar que la Ley de Protección a los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México establece la responsabilidad de los adultos de proteger a los menores de conductas que pongan en riesgo su salud. La venta de alcohol a menores no solo se considera una transgresión de esta ley, sino también una violación directa a los derechos de los menores, lo cual puede implicar sanciones adicionales para los responsables.
En caso de que ocurra un deceso dentro del establecimiento, se le impondrá de cuatro a nueve años de prisión y multa por el equivalente de cinco mil a doce mil días de salario mínimo al responsable o empleado.
Más Noticias
Filtran nuevo audio: revelan nombre de presunto exagente del FBI contratado por Marina del Pilar
La columna de Héctor de Mauleón refiere que el personaje identificado como Juan Sandoval es un presunto exFBI conocido en la frontera norte

Euro hoy en México: cotización de apertura del 27 de julio
Este fue el comportamiento del euro durante los primeros minutos de la jornada

México resiste los aranceles de Trump y desplaza a China como principal socio de Estados Unidos
El instituto compara la tasa real que enfrentan las importaciones y ubica al país por debajo de Alemania, Japón, Corea del Sur y Vietnam

EN VIVO | La Mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum hoy lunes 27 de julio
La mandataria mexicana informó sobre temas de relevancia nacional e internacional y respondió las preguntas de la prensa en su conferencia
Temblor hoy en México hoy lunes 27 de julio: se registró un sismo de 4.2 en Chiapas
Sigue en vivo todas las actualizaciones sobre movimientos telúricos a lo largo y ancho del país



