
Mujeres con Bienestar es un programa social del Estado de México que ha sido un pilar fundamental para apoyar a la población femenina más necesitada de la entidad, por lo que se ha convertido en uno de los ejes más importantes de la administración de Delfina Gómez Álvarez, gobernadora constitucional.
El programa actualmente beneficia a 650 mil mujeres, mismas que cuentan con la ayuda del Estado tras dos procesos de selección; sin embargo, tras las elecciones del pasado 2 de junio, la administración estatal anunció que se abriría nuevamente la convocatoria.
Según información oficial, las participantes deberán cumplir una serie de requisitos específicos para acceder a esta nueva fase, mismos que serían diferentes a lo que se vio anteriormente; no obstante, las autoridades del Edomex aún no han determinado la fecha exacta de apertura de las inscripciones
Es importante destacar que aquellas mujeres que intentaron inscribirse en fases anteriores y no cumplieron con los requisitos establecidos no podrán volver a inscribirse en esta etapa.
¿Qué pasa si me mudo?

La administración encabezada por Delfina Gómez ha destacado la importancia de que las destinatarias conozcan las razones por las cuales podrían perder el apoyo, las cuales están especificadas en el numeral 9.4.1, inciso “a” de las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social Mujeres con Bienestar.
Es importante destacar que las beneficiarias pueden cambiar de dirección; sin embargo, si se mudan fuera del territorio mexiquense perderán el programa social, ya que se trata de una iniciativa local y no federal; no obstante, si la mujer se cambia dentro de los 125 municipios, entonces sólo tienen que avisar a las autoridades correspondientes.
Estas son las otras razones por las que se podrían quedar sin el programa:
- Proporcionar información falsa durante el estudio socioeconómico, mismo que se realiza durante el registro.
- Cambio de domicilio fuera de los 125 municipios del Estado de México.
- Renuncia de forma voluntaria a la ayuda social.
- Fallecimiento de la beneficiaria.
- Cumplir 65 años de edad.
- Que las autoridades encuentren que el apoyo ha sido transferido, vendido, prestado, permutado, modificado o alterado a la estructura con la que se fundó.
- La realización de actos proselitistas con los apoyos del programa en favor de una persona postulante a un cargo de elección popular, mediante un partido político, coalición o de manera independiente.
- Que la persona beneficiaria cuente con algún otro programa de Desarrollo Social de nivel federal, estatal o municipal en donde se reciba apoyo monetario.
- Si la personas beneficiaria no acude a las convocatorias sin causa justificada.
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