
La prisión preventiva oficiosa ha sido un tema recurrente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que en diversas ocasiones se ha propuesto su modificación, ampliación y hasta eliminación ante los miles de casos de personas que llevan años recluidas bajo esta medida cautelar sin que se les haya dictado una sentencia.
En febrero pasado, la ministra de la Corte, Margarita Ríos Farjat, anunció que pronto propondrá acotar la ampliación del catálogo de delitos que involucran la prisión preventiva oficiosa, así como reinterpretar la figura para que ésta deje de ser automática para ciertos casos como ocurre actualmente.
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Por parte, el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador se ha pronunciado en contra de que se modifique la medida cautelar. No obstante, la Oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas en México respaldó que se debata el tema al acusar que la medida cautelar vulnera los derechos humanos, el debido proceso y la presunción de inocencia, así como la igualdad ante la ley.
“Ante el debate en curso en torno a la prisión preventiva oficiosa #PPO, reiteramos su manifiesta incompatibilidad con los derechos humanos. Así lo han sostenido los organismos internacionales de forma consistente y extendida. Saludamos todo esfuerzo por eliminarla”, escribió en su cuenta de Instagram.
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En su momento, la ministra Ríos Farjat detalló que su proyecto, el cual se discutirá en septiembre, propone que la Fiscalía General de la República (FGR) y el Poder Judicial de la Federación (PJF) implementen un esquema para revisar los casos que ameritan prisión preventiva oficiosa y con ello, se frene la liberación masiva de manera inmediata.
Sin embargo, esta semana la secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, advirtió que esta decisión vulnera la soberanía nacional y pone en riesgo a los ciudadanos, ya que se trata de presuntos delincuentes vinculados con organizaciones delictivas y que tienen capacidad económica y operativa, entre otros, además de que pondría en riesgo a los testigos y víctimas, que son las personas que han acusado a los victimarios, a los policías, personal de la Fiscalía y juzgadores.
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De acuerdo con la funcionaria, a esto se suma que la decisión abriría la posibilidad de liberar 68 mil presuntos delincuentes qué están bajo prisión preventiva oficiosa, entre los que destacan más de 11 mil personas acusadas de homicidio, 7 mil 149 de secuestro y 5 mil 617 de violación, por lo que el gobierno de México envió una carta a la Corte para externar las preocupaciones y los riesgos que desencadenaría eliminar el artículo 19.
¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?
De acuerdo con la Constitución se establece en el artículo 19, párrafo segundo, que las personas acusadas que por su delito o su gravedad, están considerados como de alto impacto para la sociedad. Por ejemplo, delincuencia organizada, narcotráfico, secuestro, homicidio, feminicidio, tortura, trata de personas, abuso sexual infantil, entre otros, deberán llevar su proceso en prisión preventiva para garantizar que el acusado comparezca a juicio, que no haya una fuga y para salvaguardar la seguridad de las víctimas.
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Los delitos que implican esta medida cautelar son:
- Delincuencia organizada
- Homicidio doloso
- Violación (incluyendo contra menores de edad)
- Secuestro
- Trata de personas
- Genocidio
- Espionaje
- Terrorismo
- Feminicidio
- Robo a casa habitación
- Corrupción
- Uso de programas sociales con fines electorales
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