¿Cuánto recibe de pensión un trabajador del Metro de la CDMX y a partir de qué edad se puede jubilar?

Los trabajadores del Sistema de Transporte Colectivo reciben su pensión a través del ISSSTE, si cumplen con los requisitos

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Los trabajadores del Metro tienen
Los trabajadores del Metro tienen derecho a recibir una pensión Crédito: Cuartoscuro

El Sistema de Transporte Colectivo Metro de la Ciudad de México es de los sistemas de movilidad más importantes en la capital del país, ya que transporta a millones de usuarios diariamente por las 16 alcaldías, lo cual requiere el trabajo de miles de personas que cumplen con diversas funciones y son acreedores a un salario y a prestaciones que dependen completamente de la actividad que realizan.

De acuerdo con la Plataforma de Transparencia, los salarios que obtienen los empleados del Metro son: de entre 8 mil 994 y 102 mil pesos, dependiendo el cargo que ocupes, que van desde secretario administrativo, taquillera y conductor, hasta supervisor y director general del STC. ¿Cuánto reciben al jubilarse?

¿A qué edad se puede jubilar un trabajador del Metro de CDMX?

De acuerdo con el Portal de Transparencia, los trabajadores del Sistema de Transporte Colectivo Metro reciben su pensión por parte del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Por ello, los lineamientos sobre la edad mínima para jubilarse son los que indica la institución para todos los pensionados en general, conforme a la modalidad que se haya seleccionado, que van desde los 60 años de edad.

¿Cuánto dinero reciben de pensión?

  • Pensión por retiro anticipado

Esta modalidad aplica para quienes buscan jubilarse antes de cumplir la edad mínima y el tiempo de cotización, siempre y cuando la pensión que se calcule en el sistema de Renta Vitalicia, sea superior en más del 30% de la Pensión Garantizada, una vez cubierta la prima del Seguro de Sobrevivencia para los beneficiarios.

  • Pensión por Cesantía en Edad Avanzada

La pensión por cesantía se puede otorgar cuando el trabajador quede privado de empleo remunerado a partir de los 60 años, siempre y cuando tenga un mínimo de 25 años de cotización.

A partir del 1 de enero de 2021, el requisito comienza en 750 semanas cotizadas y se incrementa en 25 semanas cada año para acumular las mil semanas en 2031.

  • Pensión por vejez

En el caso de ser cotizante al ISSSTE se requiere que el trabajador o pensionado por riesgo del trabajo o invalidez haya cumplido 65 años, y tenga reconocidos como mínimo 25 años de cotización.

En este caso, el requisito de cotización también se modificó para que a partir del 1 de enero de 2021, el mínimo sea de 750 semanas y se incrementa en 25 semanas cada año para acumular las mil semanas en 2031.

  • Pensión Garantizada

Esta modalidad es la que el Estado asegura a quienes no tengan un saldo suficiente para obtener una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez y cumplan con los requisitos de edad y tiempo de servicio.

Para los cotizantes al IMSS su monto mensual será aproximadamente el equivalente a un salario mínimo, mientras que para los que pertenecen al ISSSTE será de dos salarios mínimos.