¿Qué está prohibido para los conductores de motos en CDMX, según el nuevo reglamento de tránsito?

Las multas para los motociclistas que no cumplan el reglamento, oscilan de 2 mil a los 5 mil pesos

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Desde el 25 de enero
Desde el 25 de enero al 24 de junio, se han instalado un total de 190 dispositivos en 14 alcaldías de la Ciudad de México. (Foto: Twitter/Jesus_RamirezMe)

El próximo 24 de septiembre se implementará en la Ciudad de México el nuevo Reglamento de Tránsito para motocicletas, lo que conllevará nuevas normativas y ciertas limitaciones.

Estas modificaciones fueron difundidas por el gobierno de la ciudad en la Gaceta Oficial, pero cuáles son los cambios que se aprobaron, aquí te contamos los detalles que deberán cumplir los motociclistas para evitar infracciones innecesarias.

Requisitos para motociclistas

  1. Llevar a bordo solo la cantidad de personas que señala la tarjeta de circulación.
  2. Uso obligatorio de casco protector con armazón y barrera rígida que aporta mayor protección.
  3. Relleno amortiguador de 3 a 4 centímetros de espesor para absorber impactos.
  4. Relleno de confort que contribuye a que el casco se ajuste correctamente a la cabeza.
  5. Contar con sistema de retención que mantiene el casco en la cabeza durante una colisión, correas, anclajes y mecanismo de cierre o abrochado.
  6. Visor que garantice la correcta visibilidad y resistencia ante el impacto de objetos.
  7. Personas mayores de edad podrán conducir motocicletas y portar licencia tipo A1, A2 o permanente y se adiciona que los vehículos podrán contar con tarjeta de circulación en formato físico o digital.

Lo que está prohibido

Normas de seguridad para motociclistas
Normas de seguridad para motociclistas en CDMX (Twitter/ @GobCDMX)

Las prohibiciones establecidas en el nuevo Reglamento de Tránsito para motocicletas en la Ciudad de México son las siguientes:

  1. No se permite llevar a más personas que las indicadas en la tarjeta de circulación, que en algunos casos se limita a dos personas.
  2. No está permitido transportar menores de 12 años en motocicletas.
  3. Es obligatorio viajar con casco.
  4. Solo las personas mayores de edad pueden conducir motocicletas y deben portar una licencia tipo A1, A2 o permanente.
  5. Los vehículos pueden contar con una tarjeta de circulación en formato físico o digital.

En caso de incumplir con estas normativas, se aplicarán las siguientes multas:

motos seguros PROFECO
motos seguros PROFECO
  • Remisión al depósito vehicular, también conocido como corralón, de las motocicletas o motonetas.
  • Los conductores pueden recibir multas equivalentes a 5, 7, 10, 15, 20, 40 y 50 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, que oscilan entre los 2 mil y más de 5 mil pesos.
  • El conductor puede perder de tres a seis puntos en la licencia para conducir, dependiendo la infracción

Estas medidas tienen como objetivo mejorar la seguridad vial y fomentar el cumplimiento de las normas por parte de los motociclistas en la capital y así evitar mutas innecesarias que repercuten en la economía personal y familiar.