
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo del ex ministro de Planificación Julio de Vido en el marco de la causa por la tragedia de Once. El ex funcionario kirchnerista planteaba que no podía ser juzgado en esa causa por el principio de cosa juzgada, pero en todas las instancias se rechazó esa interpretación, indicaron a Infobae fuentes judiciales.
En primera instancia se había rechazado por extemporáneo el planteo de excepción de falta de acción por cosa juzgada, formulado por la defensa de De Vido. Esa decisión fue confirmada por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. La defensa del exfuncionario interpuso un recurso que, concedido, fue luego declarado inadmisible por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal -por mayoría-.
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La defensa planteó un recurso extraordinario, cuyo rechazo derivó en la presentación de una queja. Allí señaló que la decisión cuestionada involucra supuestas violaciones a garantías constitucionales -que fundaban sus agravios y que no fueron tratados-, como el ne bis in idem (principio jurídico que prohíbe que una persona sea juzgada o sancionada más de una vez por los mismos hechos), el derecho de defensa y el debido proceso. La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo de De Vido por no cumplir con el requisito de la fundamentación autónoma.
En agosto pasado, la Corte Suprema de Justicia confirmó la responsabilidad penal del ex ministro de Planificación Julio De Vido en la tragedia de Once. Sin embargo, habilitó un planteo de la defensa para revisar la pena. Había sido sentenciado a cinco años y ocho meses. Ahora el caso volverá a la Cámara Federal de Casación para fijar un nuevo monto.
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Al ex ministro de Planificación no lo acusaron por las 51 muertes ocurridas aquel trágico 22 de febrero de 2012, pero sí tanto el tribunal oral como Casación lo consideraron responsable de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública” por no haber intervenido, en su rol para controlar la gestión de la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA) y la prestación del servicio.
La absolución por el delito de estrago ya estaba firme. Ahora, lo que la Corte se dedicó a revisar fue la condena por esa defraudación en perjuicio de la administración pública. Precisamente, la defensa puso en juego la absolución de la tragedia. Y afirmó que su condena a cinco años y ocho meses de cárcel se había fijado con el agravante del escenario de las muertes, ahora que ahora había cambiado. E insistió en que la sentencia tampoco justificó por qué, pese a haber sido absuelto por el estrago, se le había impuesto una más alta que al resto de los otros acusados. Y resaltó que su estado de salud y la avanzada edad del condenado debían ser consideradas como atenuantes en atención a su incidencia en las condiciones de detención.
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La tragedia de Once ocurrió el 22 de febrero de 2012 cuando un tren de la línea Sarmiento chocó contra uno de los andenes de la estación y provocó la muerte de 51 personas -una de ellas embarazada- y dejó a otras 789 heridas.
En diciembre de 2015, el Tribunal Oral Federal 2 determinó que el choque ocurrió por el mal estado de funcionamiento del tren, ya que no tenía el mantenimiento que requería a pesar de los fondos que el estado le daba y por una actitud negligente del conductor. Las conclusiones de ese fallo llevaron al juez Claudio Bonadio a investigar el rol de De Vido, que hasta ese momento no había sido llamado a indagatoria.
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El segundo juicio para De Vido llegó en 2017 y terminó al año siguiente con su condena a cinco años y ocho meses de cárcel. El Tribunal Oral Federal 4 concluyó en el juicio que quien fuera hombre de confianza de Néstor Kirchner fue responsable de la malversación de los fondos públicos que el estado le dio a TBA y que la empresa no aplicó al servicio ferroviario. Según se sostuvo, el Ministerio de Planificación no controló el destino del dinero a pesar de que informes públicos alertaron sobre el mal funcionamiento de los trenes. No obstante, los jueces absolvieron al ex ministro del estrago por las muertes porque entendieron que la responsabilidad del choque fue del maquinista del tren.
“Entre De Vido y el maquinista del tren chapa 16 se determinó una cadena de responsables, todos ellos más cercanos, que el ex ministro –en mayor o menor medida- a los ámbitos de gestión operacional del servicio ferroviario de la línea Sarmiento”, dijo el tribunal que integraron los jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y Gabriela López Iñíguez, del TOF 4.
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