
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronunció sobre la situación de Caster Semenya, una de las figuras más emblemáticas del atletismo mundial, quien mantiene un conflicto prolongado con la federación internacional de atletismo (World Athletics) debido a las restricciones impuestas por su nivel natural de testosterona. La corte de Estrasburgo concluyó que Semenya, doble campeona olímpica y triple campeona mundial en los 800 metros, no recibió un juicio justo por parte de la justicia suiza en relación con las decisiones adoptadas sobre su caso.
El origen del conflicto está en la normativa impuesta por la World Athletics en 2019. Según esta regulación, las atletas que producen una cantidad elevada de testosterona por causas naturales, como consecuencia de una condición conocida como hiperandrogenismo, deben someterse a tratamientos médicos para reducir los niveles de esta hormona si desean competir en determinadas pruebas femeninas, particularmente entre los 400 metros y la milla. La decisión tuvo un impacto directo tanto en el futuro de Semenya como en el de otras deportistas con características similares.
Semenya, ganadora del oro olímpico en Londres 2012 y Río de Janeiro 2016 y del campeonato del mundo en 2009, 2011 y 2017, rechazó desde el inicio la idea de modificar sus condiciones fisiológicas naturales a través de medicamentos o intervenciones hormonales. A partir de la entrada en vigor de la normativa, la atleta sudafricana prácticamente quedó fuera de la competición internacional, ya que la condición para competir era someterse al tratamiento exigido por la federación.

La atleta llevó su caso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que falló a favor de la World Athletics y consideró que las normas se ajustaban a la necesidad de garantizar una competencia justa en las pruebas femeninas. Posteriormente, Semenya acudió al Tribunal Federal suizo, pero esta instancia respaldó la sentencia anterior, limitándose a realizar un control formal del proceso y sin profundizar en el análisis de los derechos fundamentales potencialmente vulnerados. Este procedimiento fue examinado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que evaluó si se habían respetado las garantías procesales durante el recorrido judicial en Suiza.
La corte de Estrasburgo, compuesta por 17 jueces, determinó que existieron deficiencias en el proceso y señaló que el control realizado por el Tribunal Federal suizo sobre el fallo del TAS fue insuficiente. Según el TEDH, Semenya no contó con todas las garantías jurídicas indispensables para la protección de sus derechos durante la revisión del caso. No obstante, el tribunal europeo no halló fundamento para afirmar que Semenya hubiera sido víctima de una violación de su derecho a la privacidad, ni de una denegación de acceso a un recurso judicial efectivo. Tampoco consideró acreditada la discriminación alegada por la deportista, centrando su dictamen en los aspectos procesales y en la falta de un examen judicial riguroso.
La situación de Semenya
La situación de Semenya visibilizó el impacto que pueden tener las normas deportivas sobre las trayectorias individuales y sobre el debate en torno a la inclusión y la equidad en el atletismo femenino de alto nivel. La controversia sobre el hiperandrogenismo y las competencias intersexuales continúa siendo un tema de debate entre expertos en medicina, ética deportiva y organizaciones de derechos humanos, debido a que cuestiona hasta qué punto es legítimo exigir la modificación de condiciones biológicas naturales como requisito para participar en una determinada categoría.
La sentencia del TEDH no implica un cambio inmediato en el marco normativo de la World Athletics. Sin embargo, arroja un nuevo foco sobre la forma en que los sistemas judiciales nacionales deben abordar este tipo de casos, garantizando un control exhaustivo para asegurar los derechos de los deportistas implicados. Semenya, de 33 años, permanece alejada de la competición internacional desde hace más de cinco años. Su caso sigue elevado como un símbolo del desafío que implica armonizar la igualdad competitiva con la protección de las particularidades individuales en el deporte de elite.
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