El juez da copia al exDAO de las pruebas de la denunciante y garantiza "confidencialidad" aunque sin plena reserva

El magistrado encargado de la causa permite a la representación de José Ángel González examinar materiales aportados por la acusación, garantiza privacidad en el proceso e impide acceso exclusivo bajo supervisión judicial solicitado por la mujer policía denunciante

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El señalamiento judicial sobre la manera de manejar las pruebas aportadas en la denuncia por presunta agresión sexual contra el ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, José Ángel González, se da después de que la defensa de la parte denunciante manifestara inquietud por la filtración de datos personales y por el impacto en la privacidad de la mujer policía que figura como denunciante, según información publicada por Europa Press. El juez encargado, quien instruye la causa en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 8 de Madrid, autorizó que la representación procesal de González y el Ministerio Fiscal accedan al material probatorio presentado por la denunciante, asegurando mecanismos de confidencialidad en el proceso, pero rechazó la solicitud de otorgar plena reserva sobre esas pruebas.

La resolución se origina a partir de la petición realizada por el abogado de la denunciante, Jorge Piedrafita, quien había requerido mediante escrito que los audios, listados de llamadas y capturas de mensajes presentados en la querella únicamente pudieran consultarse en sede judicial y en presencia de la letrada de la Administración de Justicia, con el objetivo de evitar nuevas filtraciones que pudieran afectar la identidad de la agente denunciante. Europa Press consignó que, tras exponer la situación derivada de la divulgación previa de “datos personales” sobre la denunciante, el abogado explicó que fue necesario implementar escolta policial para resguardar su seguridad.

En el documento remitido al juzgado, la defensa de la agente incluyó, según la publicación de Europa Press, un compendio de llamadas telefónicas entre la denunciante y el exDAO, registros de mensajes de WhatsApp referidos en la querella y grabaciones de audios efectuados por la propia denunciante, solicitando su admisión como prueba en la causa.

El juez, en respuesta a la solicitud, decidió entregar la totalidad del material probatorio tanto al querellado, a través de sus representantes legales, como al Ministerio Público. El magistrado expresó: “No accediéndose a lo solicitado de que sólo pueda ser examinada en sede judicial, en presencia de la letrada de la Administración de Justicia”, justificando esta decisión en el hecho de que el traslado del material se efectúa a las partes personadas y al Ministerio Fiscal mediante un canal seguro que garantiza la confidencialidad, reportó Europa Press. De este modo, el juez ofreció una garantía parcial de privacidad, limitando —por el momento— la difusión de las pruebas pero sin restringir su acceso únicamente al entorno estrictamente judicial.

Europa Press detalló que la petición de la defensa de la denunciante buscaba que la consulta de la prueba se produjera exclusivamente en las dependencias del juzgado bajo vigilancia de la autoridad judicial. El objetivo era prevenir cualquier posible vulneración adicional de la identidad o la integridad de la denunciante ante la posibilidad de nuevas filtraciones a terceros no autorizados.

Jorge Piedrafita añadió en su solicitud que se llevara a cabo una diligencia pericial informática, de ser impugnada la veracidad de las llamadas, mensajes y audios presentados. Según Europa Press, el abogado propuso que este examen técnico fuera realizado por efectivos de la Guardia Civil con experiencia en peritaje judicial especializado, con el propósito de cotejar, analizar y verificar tanto la autoría como el contenido de las comunicaciones electrónicas. Esta medida, según argumenta el escrito, apuntaría a defender la validez probatoria de los materiales y a combatir cualquier manipulación o alteración, conforme destaca el texto de la demanda.

La instrucción de la investigación se encuentra en curso y en ese contexto, el magistrado citó —en auto judicial— tanto al exDAO, en calidad de querellado, como a la mujer policía denunciante, para que comparezcan a declarar el 17 de marzo a las 10:30 horas, según lo reportado por Europa Press. Ambas partes responderán a las preguntas del juzgado en torno a los hechos denunciados y las pruebas incorporadas en el proceso.

El recorrido judicial de este caso refleja las tensiones en torno a la protección de los derechos de privacidad de las víctimas en procedimientos penales, así como la necesidad de garantizar la transparencia probatoria para todas las partes personadas y el propio Ministerio Público. Tal como publicó Europa Press, la estrategia del juzgado mantiene la confidencialidad mediante canales seguros pero rechaza establecer una reserva absoluta, en respuesta a los argumentos de ambas partes.

El proceso judicial continuará con nuevos avances después de la comparecencia prevista, manteniéndose el foco en el equilibrio entre la protección de los involucrados y la obligación de permitir el acceso a la prueba en un entorno de garantías, según dieron cuenta los detalles expuestos por Europa Press en su cobertura de esta causa en Madrid.

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