
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha avalado la condición de personal laboral fijo de una trabajadora del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra que encadenó desde 2010 contratos administrativos temporales, pese a desempeñar funciones estructurales y permanentes.
Tal y como se recoge en la sentencia, la afectada venía prestando servicios como profesora de Música y Artes en el Conservatorio Profesional Pablo Sarasate de Pamplona mediante sucesivos contratos administrativos temporales desde hace más de 12 años tras haber superado un proceso selectivo público, aunque sin obtener plaza.
El Juzgado de lo Social de Pamplona estimó la demanda de la trabajadora y reconocido la naturaleza laboral fija de su vínculo con la Administración desde el inicio de la prestación de servicios en septiembre de 2010.
Sin embargo, el Gobierno de Navarra recurrió la sentencia y el Tribunal Superior de Navarra estimó el recurso de suplicación declarando la incompetencia de los órganos judiciales del orden jurisdiccional social para conocer de la cuestión planteada y declarando que el orden jurisdiccional competente para conocer de la acción ejercitada es el orden jurisdiccional contencioso administrativo.
Tras ello, la afectada formalizó un recurso de casación para la unificación de doctrina, alegando la contradicción existente entre la sentencia recurrida y la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Navarra.
Atendiendo al recurso de casación, el Tribunal Supremo ha declarado firme el pronunciamiento del Juzgado de lo Social de Pamplona a la vez que casa y anula la sentencia del Tribunal Superior de Navarra.
Además, la sentencia del Supremo ratifica que "cuando se aprecia una grave irregularidad en la contratación administrativa al punto de que a través de la aplicación de las normas administrativas se eluden las disposiciones laborales y se enmascara u oculta la verdadera naturaleza del vínculo contractual laboral, la competencia del orden social es indiscutible e irrenunciable".
UN PRONUNCIAMIENTO CON IMPACTO PARA "MILES" DE TEMPORALES
Para Unive Abogados, este pronunciamiento tiene impacto para "miles" de empleados públicos temporales, ya que sentencia "refuerza la protección jurídica de quienes llevan años encadenando contratos temporales en la Administración para cubrir puestos estructurales".
Según el despacho, el fallo se suma a una línea jurisprudencial cada vez más consolidada que cuestiona las prácticas de contratación abusiva en determinadas administraciones públicas y abre la puerta a que muchos profesionales en situaciones similares puedan reclamar judicialmente el reconocimiento de su situación real.
Además, apuntan que el fallo del Supremo subraya que las Administraciones públicas "no pueden eludir la aplicación del Derecho laboral mediante fórmulas contractuales administrativas cuando concurren los elementos propios de una relación laboral ordinaria".
