
De acuerdo con la información consignada por Europa Press, el testimonio de una hermana de Montserrat Careta reveló que la reconciliación entre Careta y Santiago Laiglesia meses previos al homicidio de Helena Jubany incluyó como condición restringir las visitas al domicilio donde ocurrieron los hechos, de modo de preservar la privacidad de Laiglesia, a quien se le devolvió el juego de llaves del piso. Este dato situó en el centro de la investigación el grado de presencia y la posible convivencia de Laiglesia en el inmueble de la calle Calvet d’Estrella, señalando un posible vínculo entre la pareja y el entorno donde se cometió el crimen por el que se le investiga.
Según detalló Europa Press, cuatro personas prestaron declaración en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sabadell, en el marco de la causa por la muerte de Helena Jubany. Entre ellas, dos testigos afirmaron que Laiglesia residía de manera habitual en la vivienda donde la víctima fue hallada sin vida. Una de estas personas, familiar de la propietaria del piso, afirmó que la propia Montserrat Careta le comunicó la intención de añadir a Laiglesia al contrato de arrendamiento del inmueble, aunque dicha modificación no se formalizó finalmente. Esta decisión habría respondido al deseo de evitar procedimientos administrativos, pese a que ambos, Careta y Laiglesia, figuraban sus nombres en el buzón de la finca, hecho confirmado por una hermana de Careta en su declaración.
Por su parte, uno de los testigos que compartía participación en la Unió Excursionista de Sabadell (UES) con los implicados, indicó que ni Careta ni Laiglesia acudieron a una concentración ecologista que tuvo lugar el mismo día del asesinato de Jubany. De acuerdo con lo reportado por Europa Press, esta ausencia se constató mediante el contacto con otros asistentes al evento, confirmando así su inasistencia. Este testimonio fue recogido y presentado previamente ante notario, como parte de los esfuerzos para reabrir la investigación tras el cierre inicial en marzo de 2021.
Un cuarto testigo, ya fallecido, expuso que había observado una presencia continua de Laiglesia en el edificio, reforzando la hipótesis de su convivencia en el domicilio investigado. Las declaraciones de estos cuatro testigos han tenido lugar ante distintos organismos: en comparecencias notariales, ante la Policía Nacional y en el propio juzgado, en total, compareciendo en tres ocasiones cada uno de ellos. Las nuevas declaraciones procuran resolver deficiencias en versiones anteriores, luego de que la Fiscalía solicitara su repetición tras la reapertura de la causa en julio de 2020.
Durante el mismo proceso judicial, se ordenó la realización de una prueba caligráfica a Santiago Laiglesia. El objetivo es determinar si existe correspondencia entre su letra y los mensajes anónimos remitidos a Helena Jubany antes del asesinato, hipótesis impulsada por la Fiscalía y respecto de la cual la Policía Nacional atribuyó parte de las notas a Xavi Jiménez, otro investigado en la causa.
En cuanto a la prueba científica, los análisis forenses revelaron que el jersey que Jubany portaba al ser hallada sin vida contenía material genético compatible con el perfil de Laiglesia. Europa Press informó que la defensa del investigado interpuso un recurso contra el auto que imponía la prisión provisional, argumentando que los indicios ya habían sido objeto de valoración en el pasado. El equipo legal del acusado subrayó los resultados dispares obtenidos por las distintas pruebas de ADN y puso en duda la solidez del último informe pericial. Este informe, según el abogado, no alcanza los niveles de fiabilidad requeridos para su uso como elemento de cargo en un proceso penal y recordó la exigencia legal de interpretar cualquier duda en favor del acusado.
Otros elementos analizados, como vestigios biológicos adicionales hallados en la víctima o en demás prendas, no se corresponden con el perfil de Laiglesia, lo que, según su defensa, debilita la tesis de que participó directamente en el traslado o en la manipulación de Jubany en el momento del crimen. En ese sentido, la presencia de ADN en el jersey se atribuyó a la convivencia y al contacto frecuente entre personas conocidas que participaban juntas en actividades de la UES.
Como parte de la estrategia jurídica de defensa, además de la solicitud de un informe pericial autónomo sobre los análisis genéticos, se aportó documentación probatoria del arraigo de Laiglesia en Cataluña: certificado de empadronamiento, estatus de funcionario en la Conselleria de Educación de la Generalitat y la titularidad de una propiedad familiar acreditada mediante la correspondiente escritura. El abogado negó la existencia de riesgo de fuga y remitió a la trayectoria colaborativa de su cliente con la justicia en todas las fases de la instrucción. Sobre la posibilidad de destrucción de pruebas o de interferencia en el entorno social vinculado a la víctima o a la UES, la defensa expuso que todos los allegados relevantes han comparecido ya ante las autoridades y que la estructura social de Laiglesia ha cambiado desde los hechos.
Las sesiones judiciales han estado centradas en dilucidar el peso que han de tener tanto los testimonios como las pruebas materiales recopiladas, en un escenario procesal que sigue condicionado por la reapertura de la causa y el debate entre las partes acerca de la suficiencia o no de los nuevos indicios aportados. Europa Press reportó que la Fiscalía persiste en la búsqueda de esclarecer si Laiglesia participó como residente del piso desde el cual fue lanzada la víctima y si su proximidad al entorno de Jubany era consecuencia de una convivencia sostenida, como afirman algunos de los testigos citados en la causa.
La causa judicial por la muerte de Helena Jubany continúa, mientras el tribunal analiza los elementos ofrecidos durante la fase de instrucción: testimonios directos, peritajes caligráficos y biológicos, además de la documentación relativa a los movimientos y relaciones de los principales implicados. Las determinaciones sobre la permanencia de Santiago Laiglesia en el domicilio de la víctima podrían incidir de manera significativa en la consideración penal de las pruebas, conforme avanza el procedimiento en el juzgado de Sabadell.
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