
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado el uso en las investigaciones judiciales de las pruebas obtenidas del servicio de mensajería encriptada EncroChat al confirmar la primera sentencia de la Audiencia Nacional que lo utilizó y que condenó a penas de entre cinco y catorce años de prisión --y multó con 14 millones de euros-- a ocho personas por delitos de tráfico de drogas en el seno de una investigación criminal.
El Pleno de la Sala de lo Penal ha desestimado todos los recursos que presentaron cinco de los condenados contra dicha sentencia y ha ratificado así que es legal incorporar las pruebas obtenidas mediante una orden europea de investigación dirigida a Francia, que había interceptado las comunicaciones. Se trata de la primera vez que alto tribunal español se pronuncia al respecto.
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