
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente al streamer y creador de contenido Ibai Llanos por cometer una infracción grave de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Así lo ha confirmado el periodista Jesús Martín en Substack y más tarde ha publicado el diario El Mundo. El propio creador del evento La Velada lo ha confirmado en su cuenta de X, que ha bromeado respondiendo al citado medio: “¿Cómo le haces esto a un hermano?“, ha escrito, para mencionar a continuación al presidente de Gobierno, Pedro Sánchez.
Según citan ambos, fue el pasado 19 de febrero cuando el organismo decidió que Llanos había cometido una infracción grave por incumplir “en un periodo ininterrumpido de un mes las obligaciones establecidas en el artículo 94” de esta norma. Aunque no se citan las razones específicas, como cita Martínez, “en términos generales, las infracciones graves se refieren a la no inscripción en el Registro Estatal, publicidad encubierta o falta de identificación clara de anuncios”. La sanción mínima en este caso sería de 30.000 euros
Ibai ha explicado en su cuenta de X que la apertura del expediente se debe a la presentación de artistas de la Velada 2025, que tuvo lugar el pasado 26 de julio. “Salían latas de Coca-Cola y no puse el #publi. Pongo aquí #publi por si acaso”, ha escrito. Con la normativa, los influencers o usuarios de especial relevancia deben especificar siempre cuando un contenido ha sido promocionado o regalado por una marca, para evitar publicidades encubiertas.
Dispone de un plazo máximo de 12 meses
Como han indicado tanto Martínez como El Mundo, la CNMC dispone de un plazo máximo de 12 meses para resolver el procedimiento y, por el momento, la incoación del mismo no implica la imposición de sanciones. La eventual cuantía de la multa dependerá de las consideraciones económicas y jurídicas que establezca el organismo regulador, las cuales quedarán recogidas en el análisis del proceso administrativo. Llanos podrá presentar alegaciones en un plazo máximo de un mes antes de que se adopte una resolución definitiva del expediente sancionador.
El streamer español solicitó el cese de las ediciones sobre su aspecto físico y explicó en detalle cómo fue su proceso de pérdida de peso. (TikTok/@ibaillanos)
El artículo 94 establece una serie de obligaciones para los denominados “usuarios de especial relevancia” o creadores de contenido. Estas responsabilidades incluyen la protección de los menores frente a contenidos perjudiciales, el cumplimiento de la normativa publicitaria y la inscripción obligatoria en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, entre otros requisitos.
La norma, aprobada en 2022, fija un marco regulatorio común que afecta tanto a los medios tradicionales como a las grandes plataformas digitales y a los creadores de contenido.
La CNMC considera a los influencers “usuarios de especial relevancia” a los que han obtenido unos ingresos brutos superiores a los 300.000 euros anuales; tiene igual o más de un millón de seguidores en una sola plataforma y es responsable de la selección y organización de los contenidos.
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