
El Tribunal Constitucional ha cerrado la puerta al último intento del padre de Noelia, una joven de 25 años de Barcelona con paraplejia, que solicitaba frenar de forma cautelar la eutanasia de su hija mientras se resolvía el recurso de amparo presentado ante este órgano.
La decisión, adoptada este viernes en una sesión extraordinaria de la Sala Segunda, ha sido unánime y descarta que exista “violación de un derecho fundamental tutelable en amparo”. De este modo, la corte de garantías ratifica el camino judicial que ha dado validez a la solicitud de muerte asistida presentada por la joven hace casi dos años.
El paso del padre ante el Constitucional llegaba tras el rechazo de su recurso en el Tribunal Supremo. El Supremo había inadmitido la petición de revisar la sentencia que autorizaba la eutanasia de Noelia al considerar que carecía de interés casacional, ya que lo que se pretendía era reexaminar las pruebas, algo que la ley no contempla. Así, la resolución del alto tribunal confirmaba el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que avaló la decisión de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, el órgano que, en julio de 2024, autorizó la prestación de ayuda para morir solicitada por la joven.
El entorno del padre ha anunciado, ante esto, que llevará el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo. Abogados Cristianos, la entidad que representa al padre, sostiene que “en este procedimiento se están vulnerando derechos fundamentales, especialmente el derecho a la vida y a la tutela judicial efectiva, por lo que acudiremos a instancias europeas para solicitar amparo”. La presidenta de la asociación, Polonia Castellanos, detalla que la batalla judicial no ha terminado: “No vamos a dejar solos a estos padres. Vamos a seguir luchando hasta el final para defender su derecho a salvar la vida de su hija”.
Un largo proceso judicial
La historia judicial de Noelia arranca en julio de 2024, cuando la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña concede la autorización para recibir la eutanasia, tras valorar su situación clínica. La joven, que sufre paraplejia y se desplaza en silla de ruedas, había informado en la vista celebrada en la Ciutat de la Justicia de Barcelona sobre las “coacciones” de su entorno para que desistiera de su petición, reafirmando ante la jueza su voluntad de seguir adelante.
Tras la autorización administrativa, el padre recurrió la decisión y consiguió que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Barcelona suspendiera la eutanasia como medida cautelar. El argumento principal pasaba por cuestionar la capacidad de Noelia para tomar la decisión de manera libre y consciente, debido a sus antecedentes médicos y a la existencia de trastornos mentales. Sin embargo, la joven mantuvo su postura y, según las resoluciones judiciales, las valoraciones de los equipos médicos y forenses confirmaron que reunía los requisitos de la Ley Orgánica 3/2021: padecimiento grave, crónico e imposibilitante y plena capacidad para decidir.
El caso pasó después al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que confirmó la decisión inicial y rechazó las alegaciones del padre. La Sala de lo Contencioso-Administrativo sostuvo que “no presenta déficit cognitivo que repercuta en su competencia por la toma de decisiones y tampoco se encuentra actualmente en ninguna crisis”, según los informes del Comité de Ética Asistencial. El tribunal también desestimó el intento de presentar una carta manuscrita como prueba de dudas en la decisión de la joven, al considerar que “no ha sido ratificada por su autora ante ente público o autoridad alguna”.
El Tribunal Supremo, en enero de 2026, inadmitió el recurso del padre. En el auto, se recoge que la capacidad de Noelia para solicitar la eutanasia había sido respaldada por la Administración y dos instancias judiciales y que la Sala se negaba a reabrir la valoración de las pruebas. Además, la sentencia del Supremo reconocía una “irregularidad procedimental” en el informe de la dupla médico-forense, que fingió desacuerdo para elevar la decisión a la Comisión de Garantía y Evaluación, pero concluyó que este hecho “no tuvo ningún efecto sobre el procedimiento” ni “causó indefensión material alguna ni a la solicitante de la eutanasia ni al ahora recurrente”.
Actualmente, Abogados Cristianos busca nuevas vías judiciales y señala que “las medidas cautelares acordadas en agosto de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Barcelona siguen vigentes, por lo que no se podrá acabar con la vida de Noelia mientras continúan abiertos los procedimientos judiciales”. El caso de Noelia continúa avanzando en el ámbito europeo, mientras la joven mantiene su decisión y el debate sobre el derecho a una muerte digna suma un nuevo capítulo en la justicia española.
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