Confirman la sanción a un guardia civil que se emborrachó y enseñó el culo al jefe de escoltas de Sánchez

El Tribunal Supremo confirma que este comportamiento es “gravemente contrario a la dignidad” del Instituto Armado

Guardar
Exterior del Palacio de la
Exterior del Palacio de la Moncloa, a 20 de noviembre de 2023, en Madrid (España). (Carlos Luján/Europa Press)

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sanción de 20 días de suspensión de funciones a un guardia civil que se emborrachó en el gimnasio del Departamento de Seguridad de Presidencia del Gobierno (en la Moncloa), del que era el encargado, y enseñarle el culo al jefe de los escoltas del presidente Pedro Sánchez.

“Como responsable del gimnasio le correspondían, entre otras funciones, la de mantener el orden en dichas dependencias y evitar el incumplimiento de las normas e instrucciones relativas tanto a la utilización de los locales como a la conservación y utilización de las máquinas que se encuentran dentro de estos locales para realizar actividades deportivas”, señala la sentencia.

La sanción fue impuesta por la directora general del Instituto Armado y ratificada posteriormente por el Tribunal Militar Central, alegando la “observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil”. El caso fue elevado al Tribunal Supremo, que ha desestimado el recurso de casación.

Tribunal Supremo. (Europa Press)
Tribunal Supremo. (Europa Press)

Encontraron al agente “con un fuerte olor a alcohol”

Estos hechos tuvieron lugar en abril de 2022, durante el turno de tarde, el que le correspondía al guardia civil suspendido. Según indica la sentencia, entorno a las tres de la tarde, otros agentes acudieron a las instalaciones con una botella de ginebra y refrescos, que bebieron durante su horario de trabajo.

El responsable de la supervisión de las instalaciones del gimnasio, “no solo permitió la introducción y el consumo de alcohol en dicho gimnasio, sino que además participó de dicho consumo”. Así, varias horas después, un inspector, que era el jefe de los escoltas de Sánchez, y un subinspector de la Policía Nacional entraron en la sala en la que se estaban produciendo los hechos.

En este momento, encontraron al agente de la Guardia Civil “con síntomas de embriaguez, con un fuerte olor a alcohol, con voz pastosa, frases incoherentes”. Además, “se bajó los pantalones y les enseñó el culo, a la vez que bailaba y se ponía de cuclillas”.

El TS alega que sí se ha afectado la imagen pública de la Guardia Civil

Así, los magistrados del TS destacan en la sentencia que existen “pruebas suficientes para considerar enervada la presunción de inocencia”, motivo por el que el Tribunal Militar Central desestimó en junio de 2025 el recurso contra la sanción impuesta por la directora general de la Guardia Civil.

Policías y guardias civiles se concentran frente a las Delegaciones del Gobierno para reclamar su "jubilación digna"

También lo ha desestimado la Sala de lo Militar del TS, que señala que el tribunal de instancia relató “con todo detalle” las pruebas en que se basó para elaborar el relato de hechos probados. “Se trata de varias, bastantes, declaraciones testificales conforme a las cuales el aquí recurrente se encontraba con síntomas de embriaguez”.

Por su parte, el guardia civil condenado aseguró en su recurso de casación que “no se puede considerar que el comportamiento haya afectado a la imagen pública de la Guardia Civil”, puesto que “todos los presentes eran miembros de fuerzas del orden público. Sin embargo, el Tribunal Supremo descarta este argumento porque entre los testigos se encontraban miembros de la Policía Nacional. Así, “no cabe duda” que los hechos ocurridos en 2022 trascendieron “a personas ajenas” a la Benemérita.

Además, el TS rechaza que se haya producido “indefensión material” al agente suspendido en el juicio de instancia, así como que se haya transgredido “el principio de prohibición de exceso”, pues la sanción es imponible conforme a lo dispuesto en la ley y en su graduación “se tuvieron en cuenta las específicas circunstancias del caso”.

*Con información de Europa Press y EFE