
Un hombre de Mataró, Nicanor, recuperará la totalidad de la indemnización tras perder un dedo por la mordedura del perro de su vecina. Así lo ha resuelto el Tribunal Supremo en una sentencia que pone fin al litigio iniciado después de que el pastor alemán de Tatiana le atacara cuando intentaba proteger a su pequeño bichón maltés. La máxima instancia judicial ha determinado que la propietaria y su aseguradora deberán abonar la totalidad de la cantidad fijada en primera instancia, sin reducción alguna por supuesta culpa compartida.
Los hechos que dieron origen al caso se remontan al 26 de agosto de 2013. Aquel día, el perro de Tatiana, conducido por su hijo y sin bozal, persiguió al animal de Nicanor, que cruzó la acera de forma repentina. El intento del demandante por evitar el ataque terminó con una mordedura en la mano y la posterior amputación de su dedo pulgar. Tras este suceso, Nicanor inició una reclamación judicial contra la propietaria del perro y su compañía aseguradora, reclamando una indemnización por los daños sufridos.
El fallo del Tribunal Supremo ha marcado un antes y un después en la vida de Nicanor. El tribunal ha descartado la concurrencia de culpas que había apreciado la Audiencia Provincial de Barcelona, y ha restablecido la responsabilidad íntegra de la propietaria del pastor alemán y de su aseguradora.
De este modo, Tatiana y Axa Seguros Generales, S.A. deberán pagar de forma solidaria los 298.977,73 euros más los intereses que ya había fijado el Juzgado de Primera Instancia de Mataró. El Supremo considera que la actuación de Nicanor —alzar a su propio perro para evitar el ataque— fue una respuesta lógica y previsible, y que el verdadero factor determinante del daño fue la ausencia de bozal y el control insuficiente del pastor alemán.
El deber de controlar a su perro recae en la propietaria
La decisión del alto tribunal significa que la indemnización no puede reducirse por la supuesta imprudencia del afectado. El Supremo subraya que solo una causa de fuerza mayor o la culpa exclusiva de la víctima eximirían de responsabilidad a la dueña del animal, y ninguno de esos supuestos concurre en este caso. Así, el tribunal confirma que el riesgo inherente a la tenencia del perro y el incumplimiento del deber de control recaen completamente en la propietaria y su aseguradora. La sentencia reconoce expresamente que la pérdida de un dedo y el resto de daños sufridos por Nicanor solo pueden imputarse a quienes tenían la obligación legal de garantizar la seguridad.
La historia judicial arranca el 26 de agosto de 2013, en una calle de Mataró. A raíz de este hecho, Nicanor presentó la demanda en septiembre de 2016 en el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Mataró. En enero de 2018, el juzgado estimó parcialmente la demanda y condenó solidariamente a la propietaria y a la aseguradora a pagar la indemnización, aunque la cifra fue ajustada por un auto posterior.
La sentencia fue recurrida por la parte demandada ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que en febrero de 2020 consideró que había culpa compartida y redujo la indemnización a la mitad. Esta decisión llevó a Nicanor a presentar sendos recursos de casación e infracción procesal ante el Tribunal Supremo, que finalmente, en diciembre de 2025, ha estimado sus argumentos. El Supremo ha declarado firme la sentencia y ha confirmado que la responsabilidad es exclusiva de la propietaria y su aseguradora, sin posibilidad de futuras reducciones. Solo cabe recurso en supuestos extraordinarios y excepcionales, por lo que la resolución es definitiva.
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