El novio de Ayuso tendrá que ir al banquillo: la Audiencia de Madrid procesa a González Amador por fraude fiscal y falsedad documental

Los jueces del tribunal rechazan el recurso de la pareja de la presidenta madrileña

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Alberto González Amador, novio de
Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, durante su declaración este lunes en el Tribunal Supremo (Captura de vídeo)

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el procesamiento de Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por fraude fiscal y falsificación documental durante 2020 y 2021, como ha adelantado ElDiario.es este viernes y ha podido confirmar Infobae España. Durante esos dos años, en medio de la pandemia, el novio de la presidenta, a través de su consultora Maxwell Cremona Ingeniería y Procesos, habría inflado gastos con facturas falsas para reducir su factura tributaria. Según la investigación iniciada en 2022, Amador habría defraudado más de 300.000 euros.

Este viernes, el auto dictado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, al que ha tenido acceso Infobae España, desestima el recurso de apelación presentado por González Amador y por su empresa. De esta forma se confirma el auto de procedimiento abreviado dictado el pasado mes de mayo por el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid.

El Tribunal Supremo (TS) ha respaldado la decisión del magistrado Ángel Hurtado de procesar al fiscal general, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos, por el que las acusaciones piden hasta 6 años de cárcel, por la filtración sobre la investigación por delitos fiscales contra Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La defensa sostenía que no se había respetado su derecho a defenderse durante la instrucción, al no haberse practicado las diligencias de investigación que había solicitado. Sin embargo, el tribunal recuerda que González Amador fue citado a declarar el pasado 28 de febrero y decidió acogerse a su derecho a no hacerlo, y que las pruebas que ahora reclama -principalmente la declaración de dos testigos y la ratificación de un informe pericial tributario elaborado por su parte- no fueron solicitadas a tiempo y, además, no resultarían “estrictamente necesarias ni útiles” para esclarecer los hechos.

En concreto, la Audiencia rechaza la declaración de dos testigos con las que el empresario pretendía acreditar supuestos gastos derivados de una operación de intermediación en Costa de Marfil. Los jueces señalan que, aunque ese viaje, realizado en 2021, pudiera ser real, no neutraliza el indicio central que sostiene la Agencia Tributaria: la emisión y contabilización como gasto de una factura de 922.585 euros por una operación de venta que no se iba a producir.

Factura de casi un millón de euros

Además, la Sala descarta incorporar en este momento el informe pericial tributario presentado por la defensa, que llega “extemporáneamente” y que, recuerda el auto, si la causa llega a juicio, podrá ser aportado y debatido en el plenario.

Con esta decisión, la Audiencia Provincial da por concluida la instrucción del caso. El siguiente paso será que el Juzgado de Instrucción dicte el auto de apertura de juicio oral, una resolución que no es recurrible y que obligaría a González Amador a sentarse en el banquillo. La Fiscalía y la Abogacía del Estado -en representación de la Agencia Tributaria- solicitan para él penas que superan los tres años de prisión.

Paralelamente, el Juzgado de Instrucción número 19 mantiene abierta una pieza separada en la que investiga a González Amador por administración desleal y corrupción en los negocios vinculadas al reparto de las comisiones obtenidas durante la crisis sanitaria.