
No parece descabellado que una persona que está en edad de jubilación sufra previamente algún tipo de enfermedad, o accidente, que haga que deba pedir una baja médica. Para ello es necesario justificar la situación de enfermedad, es decir, tener un justificante médico que avale que la persona está pasando por el proceso que le ha sido diagnosticado.
En ese sentido, esa misma persona puede estar ya en condiciones de pedir la jubilación, que en España es cuando se han cumplido los 66 años y ocho meses, o bien cuando se tienen 65 años en el caso de que se haya cotizado más de 38 años y 3 meses a la Seguridad Social.
Es relevante saber que, además, la Seguridad Social permite iniciar los trámites de la jubilación hasta tres meses antes de alcanzar la edad legal. Entonces: ¿Qué sucede si una persona está de baja laboral en el momento en el que puede iniciar los trámites para dejar de trabajar y percibir una pensión?
Pasos para iniciar el proceso de jubilación estando de baja médica laboral
Durante una baja médica, una persona sigue cotizando a la Seguridad Social, lo que quiere decir que esa baja se cuenta igualmente a la hora de calcular la cantidad que va a percibirse en la pensión. Dicho esto, no hay ninguna diferencia a la hora de llevar a cabo los pasos que comprenden el proceso de jubilarse estando de baja o bien estando incorporado al trabajo.
¿Qué hay que tener en cuenta, entonces? Únicamente, en el caso de las personas que estén de baja con una incapacidad permanente, estas deben saber que es posible agotar todas las prestaciones a las que tienen derecho antes de jubilarse, y que además estas pueden ser, en algunas ocasiones, superiores a la pensión pública.

En el resto de las situaciones, todas aquellas personas que quieran iniciar el proceso de jubilación estando de baja médica, deben seguir los siguientes pasos, que son los mismos que deberían dar si todavía estuviesen trabajando:
- La solicitud para iniciar el proceso de jubilación se hace a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, a excepción de las personas que hubiesen estado trabajando en la Marina, que deben entonces hacerla en el Instituto Social de la Marina.
- La documentación que hay que presentar es, básicamente, el DNI o bien el pasaporte o NIE, en el caso de todas aquellas personas que son extranjeras, residentes y no residentes.
- Además, los trabajadores por cuenta ajena deberán presentar un certificado de empresa, y un certificado de discapacidad en el caso de tenerla. Mientras tanto, los trabajadores autónomos deben incluir el recibo de los tres últimos meses de cotizaciones a la Seguridad Social.
Los requisitos y condiciones para comenzar el proceso de jubilarse, por tanto, son exactamente los mismos para una persona que está llevando a cabo su jornada laboral en el momento en el que cumpla 66 años (o 65, según los años cotizados), que para aquella que haya tenido que pedir una baja porque tiene una enfermedad o problema de salud que le impide llevar a cabo sus funciones profesionales del día a día.
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